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Desde el 1 de enero de 2026, si cobras una prestación contributiva y empiezas a trabajar, el SEPE te activa de oficio el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE), que te permite cobrar parte del paro a la vez que el sueldo. Puedes comprobarlo o suspenderlo en su sede electrónica.
Para entender qué es el CAE y cuánto se cobra, revisa antes la guía del Complemento de Apoyo al Empleo y sus cuantías en cursos-sepe.com.
El CAE en 2026 de un vistazo
Respuesta directa: el CAE no es una ayuda nueva, sino una forma de cobrar la prestación o el subsidio que ya tienes reconocido mientras trabajas por cuenta ajena, con un máximo de 180 días y consumiendo día por día tu derecho a paro.
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Activación | Automática desde el 1 de enero de 2026 (prestación aprobada tras 1 abr 2025) |
| Compatible con | Jornada completa o parcial |
| Duración máxima | 180 días, dentro del derecho restante |
| ¿Consume paro? | Sí: cada día de CAE equivale a un día de prestación |
| ¿Se puede suspender? | Sí, en la sede electrónica del SEPE |
| Dónde se gestiona | Sede del SEPE con Cl@ve o certificado digital |
Tiempo de lectura: 6 minutos. Última actualización: 8 de junio de 2026.
Cómo saber si te han activado el CAE
Respuesta directa: si tu prestación contributiva se aprobó después del 1 de abril de 2025 y empiezas a trabajar, el SEPE activa el CAE de oficio y te lo notifica en tu sede electrónica con la nueva cuantía mensual y la duración.
Para comprobarlo, entra en sepe.es con Cl@ve PIN o certificado digital y revisa tus notificaciones y el estado de tu prestación. Si cobras un subsidio, el funcionamiento es distinto: al empezar a trabajar, el subsidio pasa a pagarse como CAE desde el primer día, según explica el propio SEPE.
La cuantía: de qué depende
Respuesta directa: el importe del CAE no es fijo; depende de la jornada del nuevo empleo y del mes o trimestre de percepción en que te encontrabas al empezar a trabajar, y va disminuyendo con el tiempo.
El SEPE publica la tabla oficial con las cuantías por jornada y tramo; consúltala en la información del Gobierno sobre el CAE y en la guía de cuantías enlazada arriba. No reproducimos cifras concretas aquí para evitar errores: el cálculo lo confirma tu resolución del SEPE.
Cómo suspender el CAE para guardar el paro
Respuesta directa: si prefieres conservar tu prestación para más adelante en lugar de consumirla mientras trabajas, puedes solicitar la baja del CAE de forma telemática en la sede del SEPE.
El trámite es «Baja del complemento de apoyo al empleo (CAE) reconocido de oficio en prestaciones contributivas», disponible mediante el formulario de presolicitud. En el caso de los subsidios percibidos como CAE, no es posible suspenderlo por estar trabajando.
Qué pasa si termina el contrato
Respuesta directa: si el empleo acaba antes de agotar el CAE, no pierdes la prestación: se reactiva la cuantía completa por los días de derecho que te quedaban.
Por eso conviene llevar la cuenta de los días consumidos: cada día de CAE descuenta un día de tu paro, pero el resto queda guardado para cuando vuelvas a estar en desempleo.
Requisitos del CAE en la prestación contributiva
Respuesta directa: para la activación automática necesitas una prestación contributiva aprobada de al menos 14 meses de duración, concedida después del 1 de abril de 2025, haber percibido un mínimo de 9 meses y haber iniciado un contrato por cuenta ajena.
Si vas a compatibilizar el paro con un nuevo empleo y además te interesan las ayudas a la contratación de tu empresa, revisa cómo solicitar las ayudas Emplea-T.
Errores frecuentes con el CAE
- ✗ Creer que es dinero extra: consume tu paro día a día. Solución: valora si te compensa o prefieres suspenderlo.
- ✗ No revisar la sede del SEPE: la activación y la cuantía se notifican ahí. Solución: entra con Cl@ve y comprueba tu resolución.
- ✗ No suspenderlo a tiempo: si quieres guardar el paro, hay que pedir la baja. Solución: tramita la presolicitud cuanto antes.
- ✗ Confundir prestación y subsidio: el subsidio como CAE no se puede suspender. Solución: identifica qué cobras antes de decidir.
- ✗ Asumir una cuantía fija: varía por jornada y mes. Solución: confirma el importe en tu resolución del SEPE.
Qué hacer ahora con el CAE
- Comprueba en la sede del SEPE si te lo han activado y con qué cuantía.
- Decide si te compensa cobrarlo o suspenderlo para guardar el paro.
- Lleva la cuenta de los días consumidos por si el contrato termina antes.
Para la definición completa, los requisitos por tipo y las cuantías, consulta la guía del CAE en cursos-sepe.com.
Información orientativa basada en fuentes oficiales (SEPE y Gobierno de España). No sustituye la resolución oficial de tu expediente. Para tu caso concreto consulta el SEPE (sede electrónica o teléfono de información) o un profesional.
Cómo se determina la cuantía
Respuesta directa: el importe del CAE no es fijo: se determina según la tabla oficial del SEPE en función de tu situación, por lo que el dato exacto aparece en la resolución que te comunica el SEPE al reconocerte el complemento.
Conviene revisar esa resolución y, ante cualquier duda, confirmarlo con el SEPE antes de tomar decisiones.
Qué ocurre cuando agotas los 180 días
Respuesta directa: el CAE se percibe como máximo 180 días, que consumen días de tu prestación; al agotarlos dejas de cobrar el complemento y continúas según los días de paro que te queden.
Por eso es clave valorar si te compensa activarlo desde el principio o más adelante, según cuántos días de prestación tengas reconocidos.
Diferencia con compatibilizar un subsidio
Respuesta directa: el CAE se aplica sobre la prestación contributiva (el paro que depende de lo cotizado); los subsidios por desempleo tienen sus propias reglas de compatibilidad con el trabajo y no se gestionan igual.
Si lo tuyo es un subsidio y no una prestación contributiva, este complemento no es el mecanismo que te corresponde.
Cuándo conviene suspender la prestación
Respuesta directa: si prefieres no consumir días de paro mientras trabajas, puedes suspender la prestación contributiva en la sede del SEPE en lugar de usar el CAE, y reanudarla cuando termine el nuevo empleo.
La opción de suspender está disponible para la prestación contributiva; los subsidios, en cambio, no se suspenden de la misma forma.
Recursos relacionados
Equipo especialista independiente en empleo y formación — Grupo de redactores especializados en ayudas al empleo, formación profesional y prestaciones en España. Cada guía se elabora contrastando la información con fuentes oficiales como la Junta de Andalucía, el SEPE, el SAE y el BOE.
Publicado: 8 de junio de 2026 · Última actualización: 8 de junio de 2026
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