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El Real Decreto 370/2026 abre 127 millones de euros del SEPE para entidades del tercer sector, corporaciones locales y organismos públicos. La concesión es directa (sin convocatoria competitiva) y el plazo para presentar proyectos termina aproximadamente el 9 de julio de 2026. Las entidades reciben hasta 100% del coste salarial bonificado para contratar desempleados en programas TándEM, obras de interés general y planes integrales por CCAA.

Resumen rápido para entidades: qué financian los 127 millones del RD 370/2026

Línea de subvención Cuantía Entidad elegible Documento de referencia
Programas TándEM jóvenes <30 11,9 M € Entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones) BDNS 890297
Programas TándEM estatal general 16,8 M € Sector público estatal + tercer sector BDNS variables
Obras y servicios Ceuta y Melilla 25 M € Órganos AGE en Ceuta y Melilla BDNS 904399
Plan Integral Empleo Andalucía 50 M € Junta de Andalucía vía convenio con SEPE RD 370/2026 art. específico
Plan Integral Empleo Canarias 45 M € Gobierno de Canarias vía convenio con SEPE RD 370/2026 art. específico
Plan Integral Empleo Extremadura 15 M € Junta de Extremadura vía convenio con SEPE RD 370/2026 art. específico
Plazo presentación 2 meses Desde 9 mayo 2026 → ~9 julio 2026 RD 370/2026 disposición específica
Bonificación SS contrato formación 91 €/mes empresa + 28 €/mes trabajador Cualquier entidad con contrato en alternancia Estatuto de los Trabajadores art. 11.2

Qué es el RD 370/2026 desde el lado de la entidad gestora

Respuesta directa: el Real Decreto 370/2026, de 6 de mayo, regula la concesión directa de subvenciones del SEPE a entidades que ejecuten programas de empleo y formación. La diferencia clave frente a otras convocatorias es que NO hay concurrencia competitiva: el Gobierno se acoge al artículo 22.2.c) de la Ley General de Subvenciones (Ley 38/2003), que permite concesión directa cuando concurren razones de interés público, social o económico debidamente justificadas.

Aprobado por el Consejo de Ministros el 5 de mayo, publicado en BOE el 7 de mayo de 2026 y vigente desde el 9 de mayo, este RD cubre además actuaciones desde el 1 de enero del mismo año, evitando vacío de financiación.

Quiénes son las entidades elegibles

  • Entidades del sector público estatal: órganos, organismos y otras entidades dependientes de la Administración General del Estado.
  • Entidades sin ánimo de lucro: asociaciones, fundaciones, ONGs con actividad demostrable en formación y empleo (Fundación Secretariado Gitano, Cruz Roja, Cáritas, Fundación ONCE, Fundación Munus, etc.).
  • Corporaciones locales: ayuntamientos y entidades dependientes en proyectos PFEA, agrarios, y obras de interés general.
  • Comunidades autónomas: reciben directamente vía convenio (Andalucía, Canarias, Extremadura) para gestionar Planes Integrales de Empleo.
  • Órganos AGE en Ceuta y Melilla: para obras y servicios de interés general en sus ámbitos territoriales.

Para quién es ESPECIALMENTE relevante esta convocatoria

  • Fundaciones con experiencia previa en Escuelas Taller o Casas de Oficio.
  • Asociaciones del tercer sector con programas de inserción sociolaboral.
  • Empresas de inserción y centros especiales de empleo.
  • Departamentos de RSC de grandes empresas que quieran patrocinar programas de empleo joven (vía fundación corporativa).
  • Asociaciones empresariales y patronales que articulen formación dual.

Cómo presentar tu proyecto al RD 370/2026 paso a paso

Respuesta directa: la solicitud se presenta electrónicamente en la sede del SEPE (sede.sepe.gob.es) con certificado digital de representante de la entidad. El plazo es de 2 meses desde la entrada en vigor del RD (9 de mayo) y la resolución se dicta en un máximo de 3 meses adicionales. Los pagos pueden anticiparse al ser entidades públicas o sin ánimo de lucro.

  1. Identifica la línea de financiación que encaja con tu entidad. Lee el RD 370/2026 completo (BOE 7 mayo) y localiza la línea aplicable: TándEM jóvenes, TándEM general, obras y servicios, plan integral por CCAA, o programa Investigo. Cada línea tiene su propio régimen.
  2. Revisa la normativa base. Las bases reguladoras están en el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, modificado por la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, y la Orden TES/234/2025, de 7 de marzo. Sin entender estas tres normas, tu solicitud será deficiente.
  3. Verifica que tu entidad reúne los requisitos formales: personalidad jurídica acreditada, capacidad técnica y de gestión, no estar incursa en causas de incompatibilidad o prohibición del artículo 13 de la Ley 38/2003, estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  4. Diseña el proyecto formativo. Define: especialidades formativas (vinculadas preferentemente a certificados de profesionalidad), número de participantes, duración (entre 6 y 12 meses), perfiles de docentes y tutores, ubicación física de la formación, plan de inserción posterior.
  5. Calcula el presupuesto detallado. Costes salariales, cotizaciones a la Seguridad Social (con bonificaciones aplicables), materiales formativos, EPIs, vestuario laboral, becas para fase formativa (180 €/mes/alumno), seguros de responsabilidad civil, gastos generales (máximo 15-20% del total).
  6. Reúne la documentación administrativa: NIF de la entidad, estatutos vigentes, certificado de inscripción en registro autonómico de entidades de formación, vida laboral del personal docente, declaración responsable de no incurrir en incompatibilidades, certificados de hacienda y Seguridad Social.
  7. Cumplimenta la solicitud electrónica en sede.sepe.gob.es con certificado digital de representante legal. La solicitud incluye memoria descriptiva del proyecto, presupuesto detallado, plan formativo y declaraciones responsables.
  8. Adjunta la memoria técnica completa. Mínimo: introducción y justificación social, objetivos generales y específicos, descripción de actividades, metodología, calendario, perfil del personal técnico, sistema de evaluación, plan de inserción laboral posterior, impacto esperado.
  9. Firma electrónicamente y envía. Recibirás un justificante con número de expediente. Conserva esta documentación: te servirá para reclamaciones, justificación posterior y auditorías.
  10. Tras la concesión, ejecuta el proyecto siguiendo el plan presentado. Cualquier modificación sustancial requiere autorización previa del SEPE. Lleva contabilidad separada de los gastos imputables a la subvención.
  11. Justifica los fondos en plazo: 3 meses tras finalizar la actividad (6 meses para CCAA). Justificación con facturas originales, nóminas, TC1/TC2 de Seguridad Social, partes de asistencia, certificados de docentes y memoria final justificativa.
  12. Mantén la documentación 4 años. Por si hay auditorías ex post de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo según la Ley de Empleo de 2023, o por requerimiento de la Intervención General del Estado.

Estructura financiera: cómo se reparte el presupuesto

Respuesta directa: en programas TándEM la subvención cubre prácticamente el 100% del coste salarial bonificado, becas de los alumnos, gastos formativos directos, y gastos generales hasta el 15-20% del total. La entidad pone su capacidad de gestión, instalaciones y aval profesional, pero no asume costes financieros relevantes.

Costes elegibles típicos en un proyecto TándEM

Concepto Detalle % típico
Costes salariales alumnos Beca fase formativa + SMI proporcional contrato alternancia 50-60%
Cotizaciones Seguridad Social Cuota empresarial menos bonificaciones 10-15%
Personal docente y tutorías Profesorado, tutor de empresa, orientador laboral 15-20%
Materiales formativos y EPIs Manuales, herramientas, vestuario laboral, equipos protección 5-10%
Gastos generales Limpieza, suministros, mantenimiento, seguros 5-15%

Bonificaciones aplicables a tu entidad

El contrato para la formación en alternancia que firmarás con los participantes tiene bonificaciones permanentes en la cuota de Seguridad Social:

  • 91 €/mes de bonificación en cuotas empresariales.
  • 28 €/mes en cuotas del trabajador (que la entidad descuenta y abona).
  • 1,5 €/alumno/hora de tutoría, máximo 40 horas/mes y alumno (2 €/hora si tu entidad tiene menos de 5 empleados).
  • Reducción del 100% de cuotas empresariales si tu entidad tiene menos de 250 trabajadores; 75% si más de 250.
  • Bonificación adicional para financiar costes de tutoría hasta el 100% del módulo económico fijado por la Orden ESS/2518/2013.

Errores comunes al presentar proyectos al RD 370/2026

  • Error: presentar proyecto sin alinearse con los ámbitos de actuación preferentes del RD. Solución: el decreto valora especialmente proyectos en recuperación de patrimonio, eficiencia energética, energías renovables, digitalización y servicios sociales. Encaja tu proyecto en alguno de estos ejes.
  • Error: presupuesto poco detallado o con gastos no elegibles. Solución: lee el artículo 31 de la Ley 38/2003 sobre gastos subvencionables. Excluye gastos financieros, multas, impuestos personales y dietas excesivas. Detalla cada concepto con cantidad, precio unitario y total.
  • Error: no acreditar capacidad técnica y de gestión. Solución: incluye CV del personal técnico, proyectos previos similares ejecutados, certificaciones de calidad si las tienes, e informes de auditorías anteriores.
  • Error: olvidar la baja por incumplimiento por debajo del 50%. Solución: si no cumples al menos el 50% del proyecto comprometido, deberás reintegrar la subvención íntegra. Planifica con realismo, no sobreofertes.
  • Error: no llevar contabilidad separada de la subvención. Solución: crea un centro de coste específico en tu contabilidad. Las facturas, nóminas y justificantes deben ser fácilmente identificables como imputables al proyecto.
  • Error: contratar alumnos sin el contrato de formación en alternancia correcto. Solución: el contrato debe ser específicamente «para la formación en alternancia» según artículo 11.2 ET, con cláusulas formativas claras y comunicación al servicio público de empleo correspondiente.
  • Error: confundir TándEM con Escuelas Taller autonómicas. Solución: TándEM es estatal y lo gestiona SEPE directo, no las CCAA. Si tu entidad es una corporación local, las Escuelas Taller autonómicas son mejor encaje. Si eres del tercer sector estatal, TándEM es tu vía.
  • Error: no preparar plan de inserción laboral posterior. Solución: el SEPE evalúa especialmente la tasa de inserción esperada y los acuerdos con empresas del sector para contratar a los alumnos al terminar. Sin plan de inserción, tu proyecto queda en desventaja.

Preguntas frecuentes para entidades sobre el RD 370/2026

¿Cuál es el plazo exacto para presentar proyectos?

Las entidades disponen de 2 meses desde la entrada en vigor del RD (9 de mayo de 2026), es decir, hasta aproximadamente el 9 de julio de 2026. Algunas convocatorias específicas publicadas en BOE tienen plazos más cortos: la del programa para Ceuta y Melilla es de 15 días naturales, las TándEM para menores de 30 son de 20 días naturales.

¿Mi ayuntamiento puede presentarse a programas TándEM?

No directamente a TándEM. El programa TándEM está específicamente reservado para entidades del sector público estatal y del tercer sector (asociaciones, fundaciones, ONGs sin ánimo de lucro). Las corporaciones locales (ayuntamientos) acceden a Talleres de Empleo y Escuelas Taller autonómicas, y a programas PFEA (Fomento de Empleo Agrario) en sus respectivas comunidades.

¿Cuántos participantes puedo incluir en mi proyecto?

No hay un número fijo: depende de tu capacidad técnica, instalaciones disponibles y presupuesto solicitado. Los proyectos TándEM tipo suelen oscilar entre 15 y 50 participantes por entidad ejecutora. La FSG, por ejemplo, ha desarrollado proyectos con 50 participantes en tres especialidades simultáneas.

¿Qué pasa con los proyectos plurianuales?

El RD 370/2026 contempla compromisos de gasto que se extiendan a 2027. Para TándEM dirigidos a menores de 30 años, se han aprobado compromisos plurianuales con 11.910.666 € para 2026 y hasta 2.382.133 € para 2027, según artículo 47 de la Ley 47/2003 General Presupuestaria.

¿Puedo cobrar la subvención por adelantado?

Sí. Al tratarse de beneficiarios públicos o entidades sin ánimo de lucro, el SEPE permite pago anticipado de la subvención sin aval previo. Esto facilita enormemente la ejecución del proyecto, especialmente para entidades pequeñas o medianas con tesorería ajustada.

¿Cómo se justifican los fondos?

Plazo de 3 meses tras finalizar la actividad (6 meses para CCAA). Necesitas: facturas originales, nóminas firmadas, TC1/TC2 de Seguridad Social, partes de asistencia diarios de alumnos, certificados de docentes, memoria final cuantitativa y cualitativa, y certificado de auditoría si la subvención supera 600.000 €.

¿Qué ocurre si no llego al 50% de cumplimiento?

El RD establece reintegro íntegro de la subvención si el cumplimiento queda por debajo del 50% de los objetivos comprometidos. Por encima del 50%, se aplica reintegro proporcional. Es crítico que el proyecto sea realista en sus objetivos cuantitativos.

¿Hay evaluación ex post?

Sí. Los programas serán objeto de evaluación posterior en el marco de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, conforme a la metodología prevista en la Ley de Empleo de 2023. Conservar documentación 4 años es obligatorio.

¿Es compatible con financiación europea NextGenerationEU?

Sí. De hecho, los programas TándEM están parcialmente financiados por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (NextGenerationEU), dentro de la inversión específica en Empleo Joven. Tu solicitud debe declarar otras subvenciones recibidas para evitar doble financiación del mismo gasto.

Tres claves para entidades que quieran captar parte de los 127 millones

  1. La concesión es directa, no competitiva: el RD 370/2026 se acoge al art. 22.2.c) de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. Eso reduce burocracia, pero exige proyecto técnicamente impecable.
  2. El plazo es 2 meses desde el 9 de mayo (~9 julio de 2026). Algunas líneas específicas son de 15-20 días. No esperes a última hora: revisa el BOE y la BDNS hoy.
  3. El plan de inserción laboral posterior es el factor más diferenciador de tu propuesta. Sin él, tu proyecto queda en desventaja frente a entidades con acuerdos pre-firmados con empresas del sector.

Próximo paso: hoy mismo identifica en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (infosubvenciones.es) la convocatoria concreta que aplica a tu entidad: BDNS 890297 para TándEM menores 30, BDNS 904399 para Ceuta y Melilla, o las específicas de obras y servicios. Lee el RD 370/2026 completo (BOE 7 mayo) y el RD 818/2021 como base reguladora. Para entender cómo viven el programa los participantes que vas a contratar, revisa nuestra guía complementaria sobre los 127 millones desde la perspectiva del joven desempleado: cuánto cobra, qué contrato firma y cómo es el día a día del programa. También puede interesarte nuestra guía sobre cursos IA bonificados FUNDAE para empresas si combinas líneas de financiación.

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📋 Fuentes oficiales consultadas
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Daniel Bellido
Daniel Bellido es divulgador especializado en formación y empleo relacionados con el SEPE (cursos, certificados de profesionalidad, ayudas), desde Córdoba (España).

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