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TL;DR datos clave 2026

  • IPREM: ~600€/mes.
  • SMI: 1.221€/mes brutos (17.094€/año).
  • Prestación contributiva: 70% base reguladora primeros 180 días, 60% día 181+.
  • Subsidios: 80% IPREM (~480€/mes).
  • Despido improcedente: 33 días/año tope 24 meses (post 12/02/2012).
  • Despido objetivo: 20 días/año tope 12 meses.
  • Fin contrato temporal: 12 días/año.
  • Plazo reclamar despido: 20 días hábiles SMAC.
  • Plazo solicitar paro: 15 días hábiles.
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Resumen rápido (TL;DR)

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  • Guía completa sobre subsidio de emigrantes retornados sepe: guía completa para volver en el SEPE 2026: requisitos, inscripción y certificados disponibles.
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Última actualización: 12 de abril de 2026

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El subsidio de emigrantes retornados es la prestación del SEPE diseñada para españoles que han trabajado en el extranjero y regresan definitivamente a España. Es una de las prestaciones menos conocidas y, por tanto, una de las más infrautilizadas: miles de personas tienen derecho a ella y no la solicitan por desconocimiento.

Quién puede pedirlo

Pueden solicitar el subsidio de emigrantes retornados los españoles que hayan trabajado en el extranjero durante al menos 12 meses en los últimos 6 años, que regresen a España de forma definitiva y que no tengan rentas superiores al 75% del SMI mensual (aproximadamente 888 euros en 2026). No exige haber cotizado en España previamente.

Cuánto se cobra

La cuantía depende del tiempo con responsabilidades familiares. Sin responsabilidades familiares: 480 euros mensuales. Con responsabilidades familiares los primeros 6 meses: 570 euros. Con responsabilidades familiares los meses 7 a 12: 540 euros. Con responsabilidades familiares a partir del mes 13: 480 euros. La duración máxima es de 21 meses con responsabilidades familiares y 6 meses sin ellas.

Pro Tip

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El plazo de solicitud: 1 mes

La solicitud debe presentarse en el SEPE dentro del mes siguiente al regreso definitivo a España. Si se presenta fuera de plazo los efectos económicos cuentan desde la fecha de solicitud y se pierden días. Primero empadronamiento, luego inscripción como demandante de empleo, luego solicitud del subsidio.

Documentos según el país de origen

Los documentos varían según el país. Para países de la UE como Alemania, Francia o Italia hay que aportar el historial de cotizaciones del sistema de pensiones del país correspondiente con traducción jurada al español. Para países latinoamericanos de habla hispana como Chile, Perú, México, Argentina, Colombia o Ecuador los documentos ya están en español y no necesitan traducción. Para Reino Unido el National Insurance Statement con traducción jurada.

Para las guías específicas por país con los documentos exactos, los convenios bilaterales aplicables y los casos prácticos más frecuentes, consulta la guía completa del subsidio de emigrantes retornados del SEPE en 2026 con todos los países cubiertos.

Información actualizada a marzo de 2026.

Requisitos para el subsidio de emigrantes retornados en 2026

Para acceder al subsidio de emigrantes retornados del SEPE 2026 es necesario haber trabajado en el extranjero, regresar a España y cumplir las siguientes condiciones:

  • Haber cotizado al menos 360 días antes de emigrar en los 6 años previos a la salida de España
  • No tener derecho a prestación contributiva en el país de destino ni en España
  • Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE tras el retorno
  • No superar el límite de rentas del 75% del SMI 2026 (915,75€/mes)
  • Haber retornado de un país fuera del Espacio Económico Europeo (si viene de la UE, aplica el formulario PD U2)

Cuantía y duración del subsidio para emigrantes retornados

Situación familiar Cuantía mensual Duración
Sin responsabilidades familiares 480 €/mes 6 meses
Con responsabilidades familiares 480 €/mes 6-21 meses
Mayor de 52 años retornado 480 €/mes Hasta jubilación

¿Vengo de un país de la UE? Formulario PD U2

Si has trabajado en un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o Suiza, el proceso es diferente. Necesitarás el formulario PD U2 (anteriormente E-303), que acredita el período de búsqueda de empleo en el extranjero. Este formulario lo emite el servicio público de empleo del país donde trabajaste y debes presentarlo en el SEPE en los 7 días hábiles siguientes a tu llegada a España para conservar el derecho a la prestación del otro país.

Documentación necesaria para solicitar el subsidio

  • DNI o NIE en vigor
  • Vida laboral actualizada del país de destino (certificado de trabajo o equivalente)
  • Documento acreditativo del retorno a España (pasaporte con sellos, billete, etc.)
  • Libro de familia si tienes responsabilidades familiares
  • Formulario PD U2 si procedes de la UE/EEE/Suiza
  • Número de cuenta bancaria española a tu nombre
¿Puedo cobrar el subsidio si ya cobré prestación en el extranjero?
Depende del país y el acuerdo bilateral. Si veniste de la UE y ya agotaste la prestación allí, puedes solicitar el subsidio en España si cumples los requisitos económicos y de cotización previa. Si la agotaste en un país extracomunitario con convenio bilateral (como Marruecos, Ecuador o Argentina), el SEPE analiza cada caso individualmente.
¿Cuánto tiempo tengo para solicitar el subsidio tras volver a España?
Debes solicitarlo dentro de los 15 días hábiles siguientes al alta como demandante de empleo en el SEPE. Si lo solicitas fuera de plazo, la prestación no se retroactiva, así que es importante actuar rápidamente tras el retorno.
¿Es compatible el subsidio con hacer cursos del SEPE?
Sí. Los cursos gratuitos del SEPE son totalmente compatibles con el subsidio de emigrantes retornados. De hecho, la inscripción en formación puede ser una obligación si el SEPE te deriva a un programa específico como parte de tu itinerario de inserción laboral.
¿Cuándo cobra el subsidio de emigrantes retornados?
El calendario es el mismo que el resto de prestaciones del SEPE: el pago se ordena el día 10 de cada mes. Los bancos pueden adelantar el ingreso entre 1 y 4 días según la entidad. El primer cobro suele producirse en el mes siguiente a la resolución favorable de la solicitud.
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¿Puedo estudiar con el SEPE y seguir cobrando el paro?

Sí. Los cursos oficiales del SEPE son compatibles con el cobro del paro. Debes comunicarlo a tu oficina de empleo antes de iniciar el curso para que autoricen la compatibilidad.

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Fuentes oficiales
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Datos verificados 2026

  • El IPREM se establece en aproximadamente 600€ al mes, lo que influye en diversas prestaciones y subsidios (fuente: sepe.es).
  • El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se fija en 1.221€ brutos al mes, lo que equivale a 17.094€ al año (fuente: BOE).
  • Las prestaciones contributivas se calculan en un 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días, y un 60% a partir del día 181 (fuente: sepe.es).
  • Los subsidios para desempleados alcanzan el 80% del IPREM, lo que se traduce en aproximadamente 480€ mensuales (fuente: sepe.es).
  • En caso de despido improcedente, se establece una indemnización de 33 días por año trabajado, con un tope de 24 meses (fuente: BOE).
  • El despido objetivo permite una indemnización de 20 días por año trabajado, con un límite de 12 meses (fuente: sepe.es).
  • Los contratos temporales finalizados generan una indemnización de 12 días por año trabajado (fuente: sepe.es).
  • El plazo para reclamar un despido es de 20 días hábiles ante el SMAC (fuente: sepe.es).
  • Los solicitantes de paro tienen un plazo de 15 días hábiles para presentar su solicitud (fuente: sepe.es).

Sobre el autor: contenido revisado por , especialista en SEPE, prestaciones, FUNDAE y derecho laboral con más de 6 años analizando convocatorias, certificados de profesionalidad, subsidios y normativa BOE/LGSS. Fuentes cruzadas: sepe.es · sede.sepe.gob.es · fundae.es · BOE.

Última revisión: 11 mayo 2026. Información orientativa: NO sustituye consulta oficial.

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Daniel Bellido
Daniel Bellido es divulgador especializado en formación y empleo relacionados con el SEPE (cursos, certificados de profesionalidad, ayudas), desde Córdoba (España).

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