⚠️ Campaña de la Renta 2025 cerrada. El plazo ordinario para presentar la declaración (ejercicio 2025) terminó el 30 de junio de 2026. Si aún no la has presentado, puedes hacerlo fuera de plazo en Renta WEB: si te sale a devolver o a cero no hay sanción; si sale a pagar y presentas antes de que Hacienda te requiera, el recargo es del 1 % más un 1 % por cada mes de retraso (15 % pasados 12 meses). Esta guía te sirve igual para presentar la declaración atrasada. Actualizado: 3 de julio de 2026.

Portal informativo independiente. No estamos afiliados al SEPE ni a ningún organismo oficial. Para trámites y convocatorias oficiales, visita sepe.es.

Esta guía se centra en errores comunes que te cuestan dinero al aceptar el borrador sin revisar. Si lo que buscas es cómo revisar el borrador de Renta, consulta nuestra guía complementaria sobre el mismo tema desde ese ángulo. Ambas piezas se han actualizado en abril de 2026 con el marco normativo vigente (RDL 2/2024 y normativa fiscal 2025-2026).

TL;DR datos clave 2026

  • IPREM: 600€/mes
  • SMI: 1.221€/mes
  • Prestación contributiva: 70%/60% base reguladora, de 4 a 24 meses
  • Subsidios SEPE: 8 tipos, 80% IPREM (~480€)
  • Despido improcedente: 33 días/año (post 2012), tope 24 meses
  • Despido objetivo: 20 días/año, tope 12 meses
  • Incapacidad permanente: parcial 24 meses, total 55%/75%, absoluta 100%
  • IMV: 733,60€ unipersonal + complementos
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Resumen rápido (TL;DR)

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  • El borrador de la renta 2025 no incluye deducciones por alquiler, pensiones ni deducciones autonómicas. Confirmarlo sin revisarlo puede costar cientos de euros.
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Millones de españoles confirman el borrador de la renta sin revisarlo, convencidos de que la AEAT ha calculado todo correctamente. Es un error que puede costar cientos de euros. El borrador es solo un punto de partida — no incluye todas las deducciones y a veces tiene datos incorrectos.

¿Qué es el borrador y por qué no es definitivo?

El borrador de la renta (disponible en Renta WEB desde el 8 de abril de 2026) contiene los datos fiscales que los pagadores han comunicado a la AEAT. Incluye automáticamente:

  • Rendimientos del trabajo (nóminas y prestaciones del SEPE)
  • Rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses bancarios)
  • Ganancias patrimoniales comunicadas (venta de fondos, acciones)
El borrador NO incluye: deducciones por alquiler, plan de pensiones, donativos, deducciones autonómicas ni la mayoría de reducciones familiares. Confirmarlo sin añadirlas supone pagar más de lo necesario.

5 errores frecuentes que cuestan dinero

1 — Datos del SEPE incorrectos

El borrador puede tener importes del SEPE desactualizados o incompletos. Siempre compara con tu certificado de retenciones del SEPE antes de confirmar.

2 — Deducción por alquiler no incluida

Si pagaste alquiler en 2025, muchas comunidades autónomas tienen deducciones de hasta 600-1.000 €. No aparecen en el borrador — hay que añadirlas manualmente.

3 — Plan de pensiones no deducido

Si aportaste a un plan de pensiones en 2025 (hasta 1.500 €), verifica que la deducción aparece correctamente en el borrador.

4 — Mínimo por descendientes incorrecto

Si tienes hijos, el mínimo por descendientes puede estar mal calculado, especialmente si hubo cambios de custodia o situación familiar en 2025.

5 — Deducciones autonómicas no aplicadas

Cada comunidad autónoma tiene sus propias deducciones. Ninguna aparece automáticamente — debes buscarlas en el apartado autonómico del borrador.

Cómo revisar el borrador paso a paso

  • Accede a agenciatributaria.gob.es → Renta 2025 → Acceder con Cl@ve PIN
  • Verifica los ingresos del SEPE — compara con tu certificado de retenciones
  • Comprueba las retenciones totales (empresa + SEPE)
  • Añade deducciones manuales: alquiler, pensiones, donativos, familia
  • Revisa el apartado autonómico de tu comunidad
  • Compara el resultado final antes de confirmar

Plazos para revisar y presentar

8 abril 2026Disponible el borrador en Renta WEB
6 mayo 2026Inicio atención telefónica (cita previa)
1 junio 2026Inicio atención presencial
25 junio 2026Último día para domiciliar el pago
30 junio 2026Plazo final de presentación

Preguntas frecuentes

Si te diste cuenta de un error que te perjudica, puedes presentar una rectificación de autoliquidación ante la AEAT. Si olvidaste algo que aumenta la cuota, debes presentar una declaración complementaria.
Sí, el SEPE comunica a la AEAT los datos de todas las prestaciones pagadas. Pero puede haber pequeñas discrepancias. Siempre comprueba con tu certificado de retenciones del SEPE.
Si los errores te perjudican (pagaste más de lo que debías), no hay sanción. Si te benefician indebidamente (pagaste menos), puede haber recargos. Por eso es crucial revisar bien.
No. El borrador es una propuesta. Puedes modificarlo o presentar desde cero en Renta WEB.
Desde el 8 de abril de 2026 en agenciatributaria.gob.es con Cl@ve PIN o certificado digital.

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Información orientativa actualizada a abril 2026 según fuentes oficiales de la Agencia Tributaria y el SEPE. No constituye asesoramiento fiscal personalizado.
Fuentes oficiales consultadas
Información verificada con fuentes oficiales. Campaña Renta 2025 (ejercicio 2025, año fiscal 2026).
Fuentes oficiales
Información verificada. Campaña Renta 2025 — ejercicio 2025.
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Preguntas Frecuentes

¿Qué errores comunes debo revisar en mi borrador?

Debes revisar cinco errores comunes: datos incorrectos del SEPE, deducción por alquiler no incluida, plan de pensiones no deducido, mínimo por descendientes incorrecto y deducciones autonómicas no aplicadas.

¿Cómo puedo acceder al borrador de la renta 2025?

Accede a agenciatributaria.gob.es, selecciona Renta 2025 y entra con Cl@ve PIN para ver tu borrador.

¿Cuándo debo presentar mi declaración de la renta 2025?

El plazo final para presentar la declaración fue el 30 de junio de 2026. Asegúrate de revisar tu borrador antes de esa fecha.

¿Puedo modificar el borrador después de confirmarlo?

Sí, puedes presentar una rectificación de autoliquidación si encuentras un error que te perjudica. Si olvidaste algo que aumenta la cuota, presenta una declaración complementaria.

¿El borrador incluye automáticamente los datos del SEPE?

Sí, el SEPE comunica a la AEAT los datos de las prestaciones pagadas, pero siempre es recomendable comprobar con tu certificado de retenciones del SEPE.

¿Hay sanciones si hay errores en el borrador?

No hay sanción si los errores te perjudican. Sin embargo, si te benefician indebidamente, podrías enfrentar recargos, así que revisa bien tu borrador.

Preguntas Frecuentes

¿Qué errores comunes debo revisar en mi borrador?

Debes revisar cinco errores comunes: datos incorrectos del SEPE, deducción por alquiler no incluida, plan de pensiones no deducido, mínimo por descendientes incorrecto y deducciones autonómicas no aplicadas.

¿Cómo puedo acceder al borrador de la renta 2025?

Accede a agenciatributaria.gob.es, selecciona Renta 2025 y entra con Cl@ve PIN para ver tu borrador.

¿Cuándo debo presentar mi declaración de la renta?

El plazo final de presentación de la declaración de la renta 2025 es hasta el 30 de junio de 2026. Asegúrate de revisar tu borrador antes de esa fecha.

¿El borrador incluye los datos del SEPE automáticamente?

Sí, el SEPE comunica a la AEAT los datos de todas las prestaciones pagadas. Sin embargo, es importante comprobar con tu certificado de retenciones del SEPE para evitar discrepancias.

¿Puedo modificar el borrador después de confirmarlo?

Sí, si te das cuenta de un error que te perjudica, puedes presentar una rectificación de autoliquidación ante la AEAT. Si olvidaste algo que aumenta la cuota, debes presentar una declaración complementaria.

¿Hay riesgo de sanción si el borrador tiene errores?

Si los errores te perjudican (pagaste más de lo que debías), no hay sanción. Sin embargo, si te benefician indebidamente (pagaste menos), puede haber recargos. Por eso es crucial revisar bien.

Preguntas Frecuentes

¿Qué errores comunes debo revisar en mi borrador?

Debes revisar cinco errores comunes: datos incorrectos del SEPE, deducción por alquiler no incluida, plan de pensiones no deducido, mínimo por descendientes incorrecto y deducciones autonómicas no aplicadas. Cada uno de estos errores puede costarte dinero si no los corriges.

¿Cómo puedo acceder al borrador de la renta 2025?

Accede a agenciatributaria.gob.es, selecciona Renta 2025 y entra con Cl@ve PIN para ver tu borrador. Asegúrate de tener tu certificado de retenciones del SEPE a mano para comparar los datos.

¿Qué deducciones no aparecen en el borrador automáticamente?

El borrador no incluye deducciones por alquiler, plan de pensiones, donativos, deducciones autonómicas ni la mayoría de reducciones familiares. Es fundamental añadirlas manualmente para evitar pagar más de lo necesario.

¿Qué plazos debo tener en cuenta para la renta 2025?

Los plazos importantes son: el 8 de abril de 2026 se publica el borrador, el 30 de junio de 2026 es el plazo final de presentación y el 25 de junio de 2026 es el último día para domiciliar el pago.

¿Puedo modificar el borrador después de confirmarlo?

Sí, puedes presentar una rectificación de autoliquidación ante la AEAT si encuentras un error que te perjudica. Si olvidaste algo que aumenta la cuota, deberás presentar una declaración complementaria.

¿El borrador incluye automáticamente los datos del SEPE?

Sí, el SEPE comunica a la AEAT los datos de todas las prestaciones pagadas. Sin embargo, puede haber discrepancias, por lo que siempre es recomendable comprobar con tu certificado de retenciones.

Lecturas complementarias en SEPE Formate

Esta guía sobre Borrador Renta 2025 forma parte de nuestro cluster editorial completo de la declaración de la Renta para perceptores de prestaciones SEPE. Si quieres profundizar en aspectos específicos:

Última revisión editorial: 30 de abril de 2026. Verificación de cifras y normativa: BOE, Agencia Tributaria, sede.sepe.gob.es.

Datos verificados 2026

  • El IPREM se establece en 600€ mensuales, lo que afecta a diversas prestaciones y subsidios (fuente: sepe.es).
  • El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se fija en 1.221€ mensuales, garantizando un ingreso mínimo para los trabajadores (fuente: BOE).
  • Las prestaciones contributivas se sitúan en un 70% de la base reguladora durante los primeros seis meses y un 60% después (fuente: sepe.es).
  • Existen ocho tipos de subsidios SEPE, con un importe del 80% del IPREM, es decir, aproximadamente 480€ al mes (fuente: sepe.es).
  • En caso de despido improcedente, el cálculo es de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (fuente: BOE).
  • El plazo para solicitar subsidios es de 15 días hábiles desde la finalización del contrato (fuente: sepe.es).
  • La incapacidad permanente total se reconoce con un porcentaje del 55% o 75%, dependiendo del grado de discapacidad (fuente: sepe.es).

Sobre el autor: contenido revisado por , especialista en SEPE, FUNDAE y derecho laboral con más de 6 años analizando convocatorias, prestaciones, normativa LGSS y BOE. Fuentes cruzadas: sepe.es · BOE · LGSS RDL 8/2015 · Estatuto Trabajadores RDL 2/2015 · Ley 30/2015.

Última revisión: 11 mayo 2026. Información orientativa: NO sustituye consulta oficial en sede.sepe.gob.es ni asesor laboral colegiado.

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📋 Fuentes oficiales consultadas
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Daniel Bellido
Daniel Bellido es divulgador especializado en formación y empleo relacionados con el SEPE (cursos, certificados de profesionalidad, ayudas), desde Córdoba (España).
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