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Esta guía se centra en modelo 145 explicado paso a paso. Si lo que buscas es cuándo conviene subir retención según tu situación específica, consulta nuestra guía complementaria sobre el mismo tema desde ese ángulo. Ambas piezas se han actualizado en abril de 2026 con el marco normativo vigente (RDL 2/2024 y normativa fiscal 2025-2026).
TL;DR datos clave 2026
- IPREM: ~600€/mes.
- SMI: 1.221€/mes brutos (17.094€/año).
- Prestación contributiva: 70% base reg. primeros 180 días, 60% día 181+.
- Subsidios: 80% IPREM (~480€/mes).
- Despido improcedente: 33 días/año tope 24 mens.
- Despido objetivo: 20 días/año tope 12 mens.
- Fin contrato temporal: 12 días/año.
- Plazo reclamar despido: 20 días hábiles SMAC.
- Plazo solicitar paro: 15 días hábiles.
Resumen rápido (TL;DR)
<\!-- /wp:heading --> <\!-- wp:list -->- El modelo 145 permite pedir al SEPE que aumente tu retención del 2% mínimo a un porcentaje mayor. Así evitas tener que pagar de golpe en la declaración de la renta.
El SEPE aplica por defecto una retención mínima del 2% sobre las prestaciones por desempleo. Para la mayoría de personas que también trabajan, ese 2% es insuficiente — y el resultado al declarar es una cantidad importante a pagar. El modelo 145 es el mecanismo legal para cambiar eso.
¿Qué es el modelo 145 y para qué sirve?
El modelo 145 es la comunicación de datos al pagador. Sirve para informar al pagador (en este caso el SEPE) de tu situación personal y familiar, de modo que pueda calcular la retención correcta sobre tus ingresos.
Con el modelo 145 puedes:
- Solicitar al SEPE que suba tu retención por encima del 2% mínimo
- Indicar si tienes hijos, discapacidad u otras circunstancias que reducen la base
- Evitar que te salga a pagar en la declaración de la renta
¿Cuánto porcentaje de retención pedir al SEPE?
Depende de tu situación concreta, pero como referencia:
| Situación | Retención recomendada |
|---|---|
| Solo paro, ingresos totales <14.000 € | 2% (la mínima) — probablemente no pagues |
| Solo paro, ingresos 14.000-20.000 € | 10-12% |
| Paro + trabajo part-time | 15% |
| Paro + trabajo full-time | 18-20% |
| ERTE parcial | 15-18% |
Cómo presentar el modelo 145 al SEPE paso a paso
- Online: Accede a sede.sepe.gob.es → Ciudadanos → Modificar datos de retención → Modelo 145
- Presencial: Solicita cita en tu oficina de empleo y lleva el formulario cumplimentado
- Por teléfono: Llama al 900 818 018 e indica que quieres modificar tu retención
Los cambios surten efecto desde el mes siguiente a la presentación. No son retroactivos.
Preguntas frecuentes
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Usar el asesor IA gratisInformación orientativa actualizada a abril 2026 según fuentes oficiales de la Agencia Tributaria y el SEPE.
- Renta WEB — AEAT
- Sede electrónica SEPE
- Datos fiscales AEAT
- Ley 35/2006 IRPF — BOE
- Campaña Renta 2025
- Certificado prestaciones SEPE
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- Sede electrónica SEPE
- Agencia Tributaria
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Lecturas complementarias en SEPE Formate
Esta guía sobre Modelo 145 SEPE forma parte de nuestro cluster editorial completo de la declaración de la Renta para perceptores de prestaciones SEPE. Si quieres profundizar en aspectos específicos:
- Guía complementaria del mismo tema desde otro ángulo — cubre cuándo conviene subir retención según tu situación específica con datos verificados a abril 2026.
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Última revisión editorial: 30 de abril de 2026. Verificación de cifras y normativa: BOE, Agencia Tributaria, sede.sepe.gob.es.
Datos verificados 2026
- El IPREM se sitúa en aproximadamente 600€ al mes, lo que afecta a diversas prestaciones y subsidios (fuente: sepe.es).
- El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ha sido establecido en 1.221€ mensuales brutos para 2026 (fuente: BOE).
- Las prestaciones contributivas se calculan al 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días y al 60% a partir del día 181 (fuente: sepe.es).
- Los subsidios por desempleo alcanzan el 80% del IPREM, lo que equivale a aproximadamente 480€ al mes (fuente: sepe.es).
- En caso de despido improcedente, la indemnización es de 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades (fuente: BOE).
- El despido objetivo se indemniza a razón de 20 días por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades (fuente: BOE).
- El plazo para reclamar un despido es de 20 días hábiles ante el SMAC (fuente: sepe.es).
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