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TL;DR datos clave 2026

  • IPREM: ~600€/mes.
  • SMI: 1.221€/mes brutos (17.094€/año).
  • Prestación contributiva: 70% base reguladora primeros 180 días, 60% día 181 en adelante.
  • Subsidios: 80% IPREM (~480€/mes).
  • Despido improcedente: 33 días/año, tope 24 mensualidades (post 12/02/2012).
  • Despido objetivo: 20 días/año, tope 12 mensualidades.
  • Fin contrato temporal: 12 días/año.
  • Plazo reclamar despido: 20 días hábiles ante SMAC.
  • Plazo solicitar paro: 15 días hábiles.
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Resumen rápido (TL;DR)

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  • Última actualización: 13 de abril de 2026 Respuesta rápida: La prestación contributiva es el 70-50% de tu salario (4-24 meses).
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Última actualización: 13 de abril de 2026

Respuesta rápida: La prestación contributiva es el 70-50% de tu salario (4-24 meses). El subsidio es fijo: 480 euros al mes (6-30 meses). La RAI es 570 euros al mes (11 meses, máx 3 veces). Se cobran de forma sucesiva: primero la contributiva, cuando la agotas el subsidio, y cuando agotas el subsidio la RAI. El subsidio para mayores de 52 (480 euros) se cobra hasta la jubilación. Usa nuestro test para saber cuál te corresponde.

La tabla comparativa definitiva

Criterio Prestación contributiva Subsidio por desempleo RAI Subsidio mayores 52
Cuantía 70% salario (6 meses), luego 50% 480 euros fijos 570 euros fijos 480 euros fijos
Duración 4-24 meses 6-30 meses 11 meses (×3) Hasta jubilación
Cotización requerida 360+ días en 6 años Variable (90+ días) Haber agotado todo 15 años cotizados
Edad Sin requisito Variable 45-65 años 52+ años
Cotiza jubilación Sí (todas las contingencias) No (excepto mayores 52) Sí (solo jubilación) Sí (125% base mínima)
Requisito rentas No Sí (75% SMI) Sí (75% SMI) Sí (75% SMI)
Orden de cobro 1º (primero) 2º (tras agotar contrib.) 3º (tras agotar subsidio) Alternativa al subsidio

Flujo de decisión

El sistema funciona como una escalera de protección. Cuando agotas un nivel, pasas al siguiente si cumples los requisitos.

Pro Tip

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Nivel 1 — Prestación contributiva: Cobras si has cotizado 360+ días. Es la más generosa porque se calcula sobre tu salario real. Duración de 4 a 24 meses.

Nivel 2 — Subsidio: Cobras cuando agotas la contributiva y cumples requisitos de rentas (no superar el 75% del SMI). Cuantía fija de 480 euros. Duración de 6 a 30 meses según edad y cargas familiares.

Nivel 3 — RAI: Cobras cuando agotas el subsidio, tienes entre 45 y 65 años, y llevas 12+ meses como demandante. Cuantía de 570 euros durante 11 meses. Máximo 3 veces en la vida.

Nivel especial — Subsidio mayores 52: Si tienes 52+ años, has cotizado 15+ años en tu vida, y has agotado las prestaciones anteriores, cobras 480 euros al mes hasta la jubilación. Es el subsidio más valioso porque no tiene fecha de fin y cotiza para tu pensión.

Ejemplo real: la protección completa de un trabajador despedido

Para entender cómo funcionan las cuatro prestaciones en la práctica, veamos el caso completo de Antonio, 54 años, despedido tras 25 años en la misma empresa en Madrid.

Situación inicial: Antonio tiene más de 2.160 días cotizados en los últimos 6 años. Su salario bruto era de 2.200 euros al mes. Tiene una hija de 22 años en la universidad que vive con él y su mujer, que trabaja a media jornada por 700 euros al mes.

Fase 1 — Prestación contributiva (24 meses): Con 2.160+ días cotizados le corresponden los 24 meses máximos. Los primeros 6 meses cobra el 70 por ciento de 2.200 = 1.540 euros (pero con tope de 1.400 euros por tener 1 hijo, cobra 1.400). A partir del mes 7 cobra el 50 por ciento = 1.100 euros. Total en 24 meses: 8.400 + 19.800 = 28.200 euros.

Fase 2 — Subsidio por agotamiento (24 meses): Al agotar la contributiva, Antonio tiene 56 años, cargas familiares (hija de 24 años todavía en la universidad) y rentas familiares por debajo del umbral. Le corresponden 24 meses de subsidio a 480 euros al mes. Total: 11.520 euros. Pero como tiene 56 años y más de 15 años cotizados, le conviene más solicitar directamente el subsidio para mayores de 52.

Alternativa — Subsidio mayores de 52 (hasta jubilación): Antonio cumple todos los requisitos del subsidio para mayores de 52 años: tiene 56 años, ha agotado la contributiva, ha cotizado más de 15 años en su vida, y sus rentas no superan el umbral. Cobra 480 euros al mes desde los 56 años hasta la jubilación a los 67 años = potencialmente 132 meses (11 años). Total estimado: 63.360 euros. Además, el SEPE cotiza por su jubilación durante todo el periodo, lo que mejora significativamente su futura pensión.

Protección total de Antonio: 24 meses de contributiva + hasta 11 años de subsidio mayores 52 = potencialmente 13 años de protección ininterrumpida con un total estimado de más de 91.000 euros cobrados entre prestaciones y subsidio.

Cuándo solicitar cada prestación: los plazos críticos

Prestación Plazo de solicitud Qué pasa si te pasas
Contributiva 15 días hábiles desde el despido Pierdes los días entre despido y solicitud
Subsidio agotamiento 30 días naturales desde fin de contributiva Pierdes los días transcurridos
RAI Sin plazo fijo (pero necesitas 12 meses como demandante) Cuanto antes solicites, antes cobras
Subsidio mayores 52 30 días desde fin de prestación anterior Pierdes días pero no el derecho

Los 3 errores más caros que cometen los desempleados

Error 1: No pedir la contributiva en 15 días. Si te despiden y tardas un mes en solicitar el paro, pierdes 15 días de prestación. Con una cuantía de 1.000 euros al mes, eso son 500 euros perdidos por no actuar a tiempo. Pide cita previa en el SEPE el mismo día del despido.

Error 2: No conocer el subsidio de mayores de 52. Muchos desempleados de 52 a 55 años solicitan el subsidio por agotamiento normal (6-24 meses) sin saber que tienen derecho al subsidio para mayores de 52, que dura hasta la jubilación. La diferencia puede ser de 100.000 euros o más a lo largo de la vida. Siempre pregunta en tu oficina SEPE por todas las opciones disponibles.

Error 3: Dejar de sellar el paro. Si olvidas renovar tu demanda de empleo durante la transición entre prestación contributiva y subsidio, pierdes la continuidad y puedes tener que empezar el proceso desde cero. Pon una alarma recurrente cada 14 días en tu móvil.

Cómo saber cuál te corresponde en 1 minuto

¿No sabes cuál te corresponde?

Haz nuestro test gratuito y descúbrelo en 1 minuto. O usa la calculadora de prestaciones para saber la cuantía exacta.

Preguntas frecuentes

¿Puedo elegir entre prestación y subsidio?

No directamente. El orden es obligatorio: primero cobras la contributiva si tienes derecho, y cuando la agotas accedes al subsidio. No puedes renunciar a la contributiva para cobrar subsidio.

¿Se puede cobrar RAI y subsidio a la vez?

No. Son prestaciones excluyentes. Primero agotas el subsidio y después solicitas la RAI. No se cobran simultáneamente.

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Última actualización: abril 2026. Fuentes: LGSS, sede.sepe.gob.es, BOE. Portal independiente.

Laura Sánchez

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Fuentes oficiales consultadas
Información verificada con fuentes oficiales. Campaña Renta 2025 (ejercicio 2025, año fiscal 2026).
Fuentes oficiales
Información verificada. Campaña Renta 2025 — ejercicio 2025.
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Datos verificados 2026

  • El IPREM se sitúa en aproximadamente 600€ al mes, lo que afecta directamente a las cuantías de las prestaciones y subsidios (fuente: sepe.es).
  • El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se establece en 1.221€ brutos al mes, lo que equivale a 17.094€ anuales (fuente: BOE).
  • Las prestaciones contributivas se calculan al 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días, y al 60% a partir del día 181 (fuente: sepe.es).
  • Los subsidios por desempleo alcanzan el 80% del IPREM, lo que equivale a aproximadamente 480€ mensuales (fuente: sepe.es).
  • En caso de despido improcedente, el trabajador tiene derecho a 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades (fuente: BOE).
  • El despido objetivo se indemniza con 20 días por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades (fuente: sepe.es).
  • El plazo para reclamar un despido es de 20 días hábiles ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) (fuente: sepe.es).
  • Los trabajadores tienen un plazo de 15 días hábiles para solicitar la prestación por desempleo tras perder su empleo (fuente: sepe.es).

Sobre el autor: contenido revisado por , especialista en SEPE, prestaciones, FUNDAE y derecho laboral con más de 6 años analizando convocatorias, certificados de profesionalidad, subsidios y normativa BOE/LGSS. Fuentes cruzadas: sepe.es · sede.sepe.gob.es · fundae.es · BOE.

Última revisión: 11 mayo 2026. Información orientativa: NO sustituye consulta oficial.

📋 Fuentes oficiales consultadas
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Daniel Bellido
Daniel Bellido es divulgador especializado en formación y empleo relacionados con el SEPE (cursos, certificados de profesionalidad, ayudas), desde Córdoba (España).

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