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TL;DR datos clave 2026

  • IPREM: ~600€/mes.
  • SMI: 1.221€/mes brutos (17.094€/año).
  • Prestación contributiva: 70% base reguladora primeros 180 días, 60% día 181 en adelante.
  • Subsidios: 80% IPREM (~480€/mes).
  • Despido improcedente: 33 días/año, tope 24 mensualidades (post 12/02/2012).
  • Despido objetivo: 20 días/año, tope 12 mensualidades.
  • Plazo para reclamar despido: 20 días hábiles ante SMAC.
  • Plazo para solicitar paro: 15 días hábiles.
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Resumen rápido (TL;DR)

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  • Última actualización: 13 de abril de 2026 Respuesta rápida: Los extranjeros con NIE y permiso de trabajo en vigor tienen los mismos derechos que los españoles para cobrar el paro
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Última actualización: 13 de abril de 2026

Respuesta rápida: Los extranjeros con NIE y permiso de trabajo en vigor tienen los mismos derechos que los españoles para cobrar el paro, solicitar subsidios y acceder a cursos SEPE gratuitos. Los ciudadanos de la UE no necesitan permiso de trabajo. Los ciudadanos de fuera de la UE necesitan autorización de residencia y trabajo en vigor. También pueden exportar prestaciones entre países de la UE (formulario U1/U2) y acumular cotizaciones de diferentes países europeos. Esta guía cubre todos los trámites, requisitos y derechos específicos para extranjeros.

Quién tiene derecho a prestaciones del SEPE siendo extranjero

Situación Derecho a paro Derecho a cursos SEPE Documento necesario
Ciudadano UE/EEE/Suiza Sí (mismos derechos que español) NIE + certificado registro ciudadano UE
Extra-UE con permiso trabajo Sí (si cotizó lo suficiente) NIE + autorización residencia y trabajo en vigor
Extra-UE con permiso residencia (sin trabajo) No directamente Algunos sí NIE + autorización residencia
Solicitante de asilo/protección internacional Sí (si tiene autorización trabajo) Tarjeta roja + autorización trabajo
Irregular (sin papeles) No No

Requisitos para cobrar el paro siendo extranjero

Los mismos que para un ciudadano español, más un requisito adicional: tener autorización de residencia y trabajo en vigor. Los requisitos son los siguientes.

Pro Tip

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Haber cotizado al menos 360 días a la Seguridad Social española en los últimos 6 años. Estar en situación legal de desempleo (despido, fin de contrato, ERE). Tener NIE y autorización de trabajo en vigor en el momento de la solicitud. Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE. Los ciudadanos de la UE no necesitan autorización de trabajo: basta con el certificado de registro de ciudadano de la Unión.

Importante para extra-UE: Si tu permiso de trabajo caduca mientras cobras la prestación, la prestación se suspende hasta que renueves el permiso. El SEPE no puede pagar prestaciones a personas sin autorización de trabajo en vigor. Renueva tu permiso con tiempo suficiente (la solicitud de renovación mantiene el permiso vigente mientras se tramita).

Acumular cotizaciones de varios países europeos

Si has trabajado en varios países de la UE, puedes sumar las cotizaciones de todos ellos para alcanzar el mínimo de 360 días necesario para el paro en España. Esto se hace mediante el formulario U1 (antiguo E-301), que certifica tus periodos de cotización en otro país europeo.

Ejemplo: María, ciudadana rumana, trabajó 6 meses en Alemania y 8 meses en España. En España solo cotizó 240 días (no llega a 360). Pero con el formulario U1 de Alemania, suma 180 días más = 420 días totales. Ahora sí cumple el mínimo y puede cobrar el paro en España. La cuantía se calcula sobre las cotizaciones españolas, no sobre las alemanas.

Exportar el paro a tu país de origen

Si decides volver a tu país (dentro de la UE) o buscar trabajo en otro estado miembro, puedes exportar tu prestación española durante 3 meses (ampliable a 6). Necesitas el formulario U2 del SEPE, que solicitas con cita previa. Una vez en tu país de destino, te inscribes en el servicio de empleo local en 7 días y sigues cobrando tu paro español.

Esta opción es muy utilizada por ciudadanos de Rumanía, Bulgaria, Italia, Portugal y países latinoamericanos con doble nacionalidad que deciden volver a su país de origen tras perder el empleo en España.

Cursos SEPE gratuitos para extranjeros

Los cursos de formación del SEPE están abiertos a todos los extranjeros inscritos como demandantes de empleo, independientemente de su nacionalidad. Los cursos más demandados por extranjeros son los de español para inmigrantes, los de obtención del certificado de profesionalidad (válido para regularización por arraigo), y los cursos de sectores con alta demanda de trabajadores extranjeros (hostelería, agricultura, construcción, logística).

Un certificado de profesionalidad obtenido a través de cursos SEPE puede ser usado como mérito para solicitar la renovación del permiso de trabajo, para acreditar formación en procesos de arraigo social, y para mejorar la empleabilidad en el mercado laboral español.

Cursos SEPE recomendados para extranjeros

Top 20 cursos con más salidas laborales
Cursos SEPE por provincia
Cursos de construcción (alta demanda de trabajadores)

Casos especiales: situaciones que genera más confusión

La intersección entre extranjería y desempleo genera casuísticas complejas que no están bien cubiertas en ningún recurso online español. Según datos del SEPE, el 18 por ciento de los beneficiarios de prestaciones son ciudadanos extranjeros. Estas son las situaciones más frecuentes y cómo resolverlas.

Caso 1: Tu permiso de trabajo caduca mientras cobras el paro. Si tu autorización de residencia y trabajo vence durante el periodo de prestación, la prestación se suspende (no se extingue). Debes solicitar la renovación del permiso con al menos 60 días de antelación. Mientras la renovación está en trámite, tu permiso se entiende prorrogado automáticamente y la prestación sigue vigente. Si la renovación es favorable, la prestación se reanuda retroactivamente. Si es desfavorable, la prestación se extingue.

Caso 2: Despido durante tramitación de arraigo. Si estás en proceso de arraigo social o arraigo laboral y te despiden, tu situación es compleja. Con autorización de trabajo temporal puedes solicitar prestación. Sin autorización de trabajo, no puedes. Consulta con un abogado de extranjería antes de actuar.

Caso 3: Ciudadano británico post-Brexit. Los ciudadanos del Reino Unido residentes en España antes del 31 de diciembre de 2020 mantienen todos los derechos bajo el Acuerdo de Retirada. Los que llegaron después necesitan autorización de residencia y trabajo como cualquier ciudadano extra-UE.

Caso 4: Cotizaciones en dos países simultáneamente. Si trabajaste simultáneamente en España y en otro país de la UE (por ejemplo, teletrabajo transfronterizo), solo puedes cobrar prestación en el país donde cotizaste como asalariado por cuenta ajena. Las cotizaciones del otro país se suman para alcanzar el mínimo pero no para calcular la cuantía.

Tabla de trámites específicos para extranjeros

Trámite Ciudadano UE Extra-UE con permiso Dónde
Solicitar paro Igual que español Igual + copia permiso trabajo SEPE
Acumular cotizaciones UE Formulario U1 del país origen Solo con países con convenio bilateral SEPE + servicio empleo país origen
Exportar paro a otro país Formulario U2 (3-6 meses) Solo si país tiene convenio SEPE antes de viajar
Renovar permiso en paro No necesario Solicitar 60 días antes de caducidad Extranjería (sede.gob.es)
Cursos SEPE gratuitos Igual que español Igual que español (inscrito como demandante) Servicio empleo autonómico

Países con convenio bilateral de Seguridad Social con España

Además de los 27 países de la UE + Noruega, Islandia, Liechtenstein y Suiza, España tiene convenios bilaterales de Seguridad Social con estos países que permiten acumular cotizaciones: Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Chile, China, Colombia, Ecuador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Rusia, Túnez, Ucrania, Uruguay y Venezuela. Si has cotizado en alguno de estos países, las cotizaciones pueden sumarse a las españolas para alcanzar el mínimo de 360 días.

Para ciudadanos latinoamericanos con doble nacionalidad española, el proceso es más sencillo: se aplica el convenio bilateral automáticamente y los trámites se gestionan directamente entre el SEPE y el organismo de seguridad social del país de origen.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar el paro si soy extranjero?

Sí, si tienes NIE, permiso de trabajo en vigor, y has cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años. Ciudadanos de la UE no necesitan permiso de trabajo. Los mismos derechos que un español.

¿Pierdo el permiso de trabajo si me quedo en paro?

No. Tu permiso de trabajo sigue vigente mientras cobras la prestación. Pero si el permiso caduca, debes renovarlo para seguir cobrando. La solicitud de renovación mantiene el permiso vigente durante la tramitación.

¿Puedo sumar cotizaciones de otro país europeo?

Sí. Con el formulario U1 certificas tus cotizaciones en otros países de la UE y se suman a las españolas para alcanzar el mínimo de 360 días. La cuantía se calcula sobre las cotizaciones españolas.

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Trámites y gestiones SEPE

Última actualización: abril 2026. Fuentes: LGSS, sede.sepe.gob.es, BOE. Portal independiente.

Laura Sánchez

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Fuentes oficiales consultadas
Información verificada con fuentes oficiales. Campaña Renta 2025 (ejercicio 2025, año fiscal 2026).
Fuentes oficiales
Información verificada. Campaña Renta 2025 — ejercicio 2025.
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Datos verificados 2026

  • El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) se sitúa en aproximadamente 600€ al mes, lo que afecta a diversas prestaciones y subsidios (fuente: sepe.es).
  • El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se establece en 1.221€ brutos al mes, lo que equivale a 17.094€ anuales (fuente: BOE).
  • Las prestaciones contributivas se calculan al 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días, y al 60% a partir del día 181 (fuente: sepe.es).
  • Los subsidios por desempleo alcanzan el 80% del IPREM, lo que se traduce en aproximadamente 480€ mensuales (fuente: sepe.es).
  • En caso de despido improcedente, el trabajador tiene derecho a 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (fuente: BOE).
  • El despido objetivo se indemniza a razón de 20 días por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades (fuente: sepe.es).
  • El plazo para reclamar un despido es de 20 días hábiles ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) (fuente: sepe.es).

Sobre el autor: contenido revisado por , especialista en SEPE, prestaciones, FUNDAE y derecho laboral con más de 6 años analizando convocatorias, certificados de profesionalidad, subsidios y normativa BOE/LGSS. Fuentes cruzadas: sepe.es · sede.sepe.gob.es · fundae.es · BOE.

Última revisión: 11 mayo 2026. Información orientativa: NO sustituye consulta oficial.

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📋 Fuentes oficiales consultadas
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Daniel Bellido
Daniel Bellido es divulgador especializado en formación y empleo relacionados con el SEPE (cursos, certificados de profesionalidad, ayudas), desde Córdoba (España).

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