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TL;DR datos clave 2026

  • IPREM: 600€/mes
  • SMI: 1.221€/mes
  • Prestación contributiva: 70%/60% base reguladora, duración de 4-24 meses
  • Subsidios SEPE: 8 subsidios a 80% IPREM (~480€)
  • Despido improcedente: 33 días/año, tope 24 meses
  • Despido objetivo: 20 días/año, tope 12 meses
  • Incapacidad permanente: parcial 24 meses, total 55%/75%, absoluta 100%
  • IMV: 733,60€ unipersonal más complementos
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Resumen rápido (TL;DR)

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  • Última actualización: 13 de abril de 2026 Respuesta rápida: Sí, en 2026 puedes cobrar el paro y trabajar al mismo tiempo en España.
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Última actualización: 13 de abril de 2026

Respuesta rápida: Sí, en 2026 puedes cobrar el paro y trabajar al mismo tiempo en España. Hay 4 vías legales: el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE, hasta 360 euros extras al mes si aceptas un trabajo), trabajo a tiempo parcial (cobras salario + parte proporcional del paro), emprendimiento autónomo (270 días de compatibilidad con la prestación completa), y exportación del paro a otro país de la UE (3-6 meses). El CAE es la gran novedad de 2025-2026 y la forma más ventajosa de compatibilizar.

Las 4 formas legales de cobrar paro y trabajar simultáneamente

Hasta 2025, cobrar el paro y trabajar era prácticamente imposible salvo en contratos a tiempo parcial. Pero la entrada en vigor del Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) en abril de 2025 ha cambiado completamente las reglas. Ahora existen 4 vías legales y reguladas para compatibilizar ingresos del trabajo con prestaciones por desempleo.

Vía Qué cobras Duración Requisitos
1. CAE Salario + complemento 35-60% IPREM Toda la prestación Salario bruto ≤ 2.250€ + contrato por cuenta ajena
2. Trabajo parcial Salario + parte proporcional del paro Mientras dure el contrato Contrato a tiempo parcial
3. Autónomo Ingresos negocio + prestación íntegra 270 días (9 meses) Alta en autónomos + prestación contributiva
4. Exportar a UE Prestación española en otro país 3-6 meses Formulario U2 + inscripción en país destino

1. El CAE: la revolución del desempleo en España

El Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) es la mayor innovación del sistema de protección por desempleo español en décadas. Entró en vigor en abril de 2025 y permite a los desempleados que aceptan un trabajo cobrar un complemento económico encima de su salario, sin perder la prestación por desempleo.

Pro Tip

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Cómo funciona: Si estás cobrando la prestación contributiva y aceptas un empleo por cuenta ajena con un salario bruto de hasta 2.250 euros al mes, tu prestación se suspende (no se extingue) y en su lugar recibes el CAE: un complemento decreciente que se suma a tu salario. Los días de prestación que quedan pendientes no se consumen mientras cobras el CAE.

Mes de prestación al aceptar el trabajo Complemento CAE Cuantía aprox.
Meses 1 a 4 de prestación 60% del IPREM ~360 euros/mes
Meses 5 a 8 50% del IPREM ~300 euros/mes
Meses 9 a 12 40% del IPREM ~240 euros/mes
Meses 13 en adelante 35% del IPREM ~210 euros/mes

La lógica del sistema: El CAE es decreciente a propósito. Cuanto antes aceptes un trabajo, más complemento cobras. Si aceptas un empleo en tu primer mes de paro, cobras 360 euros extras. Si esperas al mes 13, solo cobras 210. El mensaje es claro: busca empleo activamente desde el primer día, porque económicamente es más beneficioso aceptar un trabajo pronto que esperar.

Ejemplo real del CAE: cuánto ganas aceptando un trabajo

Carlos cobra 1.000 euros de paro. Le ofrecen un trabajo de 1.400 euros brutos al mes en su tercer mes de prestación. Tiene dos opciones:

Opción A — Rechazar el trabajo: Sigue cobrando 1.000 euros de paro. Al mes 7, baja al 50% de la base reguladora y cobra 714 euros. Ingresos totales en 12 meses: unos 10.200 euros.

Opción B — Aceptar el trabajo con CAE: Cobra el salario de 1.400 euros + el CAE de 360 euros = 1.760 euros al mes. Si pierde ese trabajo a los 6 meses, reanuda su prestación desde donde la dejó (le quedan los mismos meses pendientes, no ha consumido nada). Ingresos en esos 6 meses: 10.560 euros, y además tiene paro pendiente.

La diferencia es brutal: con el CAE, Carlos gana más trabajando que estando desempleado, Y además conserva su derecho al paro para el futuro. Es un incentivo económico directo para aceptar empleo.

2. Compatibilidad con trabajo a tiempo parcial

La compatibilidad con trabajo parcial existe desde mucho antes del CAE y sigue vigente. Cuando aceptas un contrato a tiempo parcial, tu prestación se ajusta proporcionalmente.

Ejemplo: Si tu prestación es de 1.000 euros al mes y aceptas un trabajo de media jornada (50% de la jornada), cobras el salario del trabajo + el 50% de la prestación (500 euros). Los días de prestación se consumen al 50%: cada día trabajado a media jornada consume solo medio día de prestación. Si te quedan 12 meses de paro, durarán 24 meses a media jornada.

Esta opción es especialmente interesante cuando el contrato parcial tiene un salario bajo que no te permitiría vivir por sí solo. El paro proporcional actúa como complemento hasta que encuentres un trabajo a jornada completa.

3. Cobrar paro como autónomo: 270 días de compatibilidad

Si decides emprender y darte de alta como autónomo, puedes seguir cobrando tu prestación contributiva íntegra durante los primeros 270 días (9 meses). No cobras una parte proporcional: cobras el 100 por ciento de la prestación además de los ingresos de tu negocio. Esta compatibilidad se regula en el artículo 271.5 de la LGSS.

Los requisitos son sencillos: estar cobrando la prestación contributiva por desempleo y darte de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). No necesitas justificar qué tipo de actividad vas a realizar ni presentar un plan de negocio (a diferencia de la capitalización del paro, que sí lo requiere).

Pasados los 270 días, la prestación se suspende (no se extingue). Si en el futuro cesas tu actividad como autónomo, puedes reanudar la prestación pendiente desde donde la dejaste. Los días de compatibilidad sí consumen días de prestación.

Alternativa complementaria: si prefieres una inyección de capital para montar el negocio, puedes capitalizar el paro y cobrar toda la prestación de golpe. Las dos opciones (compatibilidad de 270 días y capitalización) son compatibles pero no simultáneas: debes elegir una u otra para el periodo que cubran.

4. Exportar el paro a la Unión Europea

Si quieres buscar trabajo en otro país de la UE (o Noruega, Islandia, Liechtenstein y Suiza), puedes llevarte tu prestación española durante 3 meses, ampliables a 6 previa solicitud.

Paso a paso: Solicita el formulario U2 en tu oficina SEPE (con cita previa). El SEPE lo tramita en unos 10 días. Viaja al país de destino. Inscríbete en el servicio de empleo del país en los 7 días siguientes a tu llegada. A partir de ahí, cobras tu prestación española exactamente igual, pero la transferencia la hace el SEPE a tu cuenta en España (o al IBAN que indiques, puede ser una cuenta en el país de destino si es zona SEPA).

Esta opción es muy utilizada por trabajadores del sector tecnológico y hostelería que buscan empleo en países con menor desempleo (Alemania, Países Bajos, Irlanda, Dinamarca). Los 3 a 6 meses de cobertura te dan un colchón económico mientras te adaptas al nuevo mercado laboral.

Qué pasa si acepto un trabajo y no funciona

Una de las mayores preocupaciones de los desempleados es «si acepto un trabajo y me echan al mes, ¿pierdo el paro?». La respuesta es tranquilizadora: no lo pierdes.

Si aceptas un trabajo y el contrato termina (por la razón que sea: fin de contrato temporal, despido, no superar el periodo de prueba), puedes reanudar tu prestación anterior desde donde la dejaste. Los días trabajados no consumen días de prestación pendiente. Además, si durante el nuevo empleo has cotizado lo suficiente, tienes derecho de opción: elegir entre reanudar la antigua prestación o abrir una nueva (la que más te convenga en cuantía y duración).

Este mecanismo elimina el riesgo de aceptar trabajos temporales o inciertos. No tienes nada que perder aceptando un empleo: si funciona, tienes trabajo. Si no funciona, tienes tu paro intacto esperándote.

Obligaciones al compatibilizar paro con trabajo

Cuando aceptas un empleo mientras cobras la prestación, tienes obligaciones que debes cumplir para no perder tus derechos.

Comunicar al SEPE: Debes informar al SEPE de tu nueva situación laboral ANTES de empezar a trabajar (o como máximo el mismo día de inicio). Puedes hacerlo por internet en sede.sepe.gob.es o presencialmente. Si no lo comunicas, el SEPE puede sancionarte con la devolución de las cantidades cobradas indebidamente más una multa.

No dejar de sellar: Si cobras paro parcial (por trabajo a tiempo parcial) o el CAE, sigues obligado a renovar la demanda de empleo cada 15 días. Solo si la prestación se suspende completamente (por contrato a jornada completa sin CAE) se suspende la obligación de sellar.

Guardar documentación: Conserva todos los contratos, nóminas y certificados de empresa. Los necesitarás si el contrato termina y quieres reanudar la prestación.

Aprovecha el tiempo desempleado para formarte

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Preguntas frecuentes

¿Se puede cobrar el paro y trabajar al mismo tiempo en 2026?

Sí. Con el CAE cobras salario + complemento de hasta 360 euros. Con trabajo parcial cobras salario + paro proporcional. Como autónomo cobras 270 días de prestación íntegra. Y puedes exportar el paro a la UE 3-6 meses.

¿Qué es el CAE?

El Complemento de Apoyo al Empleo: un complemento decreciente (360 a 210 euros al mes) que cobras encima del salario si aceptas un trabajo mientras tienes prestación contributiva. Solo aplica si el salario no supera 2.250 euros brutos.

¿Pierdo el paro si acepto un trabajo temporal?

No. La prestación se suspende, no se extingue. Si el contrato termina, reanudas el paro desde donde lo dejaste. Los días trabajados no consumen prestación. Además tienes derecho de opción si generas nueva prestación.

¿Puedo hacerme autónomo y seguir cobrando el paro?

Sí, durante 270 días (9 meses). Cobras la prestación íntegra más los ingresos del negocio. Pasados los 270 días, la prestación se suspende pero puedes reanudarla si cesas la actividad.

¿Puedo llevarme el paro a otro país de Europa?

Sí. Exportas tu prestación a cualquier país de la UE, Noruega, Islandia, Liechtenstein o Suiza durante 3 meses (ampliable a 6). Necesitas el formulario U2 del SEPE e inscribirte en el servicio de empleo del país destino en 7 días.

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Formación gratuita SEPE

Trámites y gestiones SEPE

Última actualización: abril 2026. Fuentes: Real Decreto-ley 2/2025 (Complemento de Apoyo al Empleo), LGSS arts. 271-282, sede.sepe.gob.es. Portal independiente no vinculado al SEPE.

Laura Sánchez

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Fuentes oficiales consultadas
Información verificada con fuentes oficiales. Campaña Renta 2025 (ejercicio 2025, año fiscal 2026).
Fuentes oficiales
Información verificada. Campaña Renta 2025 — ejercicio 2025.
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Datos verificados 2026

  • El IPREM se establece en 600€ al mes, lo que afecta a diversas ayudas y subsidios (fuente: sepe.es).
  • La prestación contributiva se calcula al 70% de la base reguladora durante los primeros seis meses y al 60% en los siguientes (fuente: BOE).
  • Existen ocho tipos de subsidios gestionados por el SEPE, con un importe equivalente al 80% del IPREM (fuente: sepe.es).
  • El plazo para solicitar el subsidio es de 15 días hábiles desde la situación de desempleo (fuente: BOE).
  • Los despidos improcedentes se indemnizan a razón de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (fuente: ET RDL 2/2015).
  • La incapacidad permanente parcial se reconoce tras 24 meses de cotización, mientras que la absoluta otorga un 100% de la base reguladora (fuente: LGSS RDL 8/2015).
  • El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se establece en 733,60€ para una persona unipersonal, con posibles complementos (fuente: sepe.es).

Sobre el autor: contenido revisado por , especialista en SEPE, FUNDAE y derecho laboral con más de 6 años analizando convocatorias, prestaciones, normativa LGSS y BOE. Fuentes cruzadas: sepe.es · BOE · LGSS RDL 8/2015 · Estatuto Trabajadores RDL 2/2015 · Ley 30/2015.

Última revisión: 11 mayo 2026. Información orientativa: NO sustituye consulta oficial en sede.sepe.gob.es ni asesor laboral colegiado.

📋 Fuentes oficiales consultadas
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Daniel Bellido
Daniel Bellido es divulgador especializado en formación y empleo relacionados con el SEPE (cursos, certificados de profesionalidad, ayudas), desde Córdoba (España).

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