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El formulario U1 (antiguo E301) certifica los periodos trabajados en otro país europeo para que el SEPE los sume al reconocer el paro. Se pide a la administración del país donde trabajaste; no es una prestación ni sirve para cobrar fuera (eso es el U2), y España calcula la cuantía con las bases cotizadas aquí. Esta guía explica cuándo hace falta, cómo se obtiene en cada país, qué pasa si no lo tienes y cómo se calcula la prestación cuando parte de tu vida laboral está fuera.
Índice
- Qué es el U1 y qué no es
- Qué país paga el paro: la regla del último empleo
- Cómo se suman los periodos y cómo se calcula la cuantía
- Dónde y cómo pedir el U1 en los países más frecuentes
- Si no tienes el U1
- Trabajadores fronterizos y Reino Unido
- Pasos para solicitar el paro en España con periodos extranjeros
- Preguntas frecuentes
Qué es el U1 y qué no es
Los documentos portátiles de la serie U son los formularios con los que las administraciones europeas se intercambian información sobre desempleo bajo el Reglamento (CE) 883/2004 de coordinación de los sistemas de Seguridad Social. Cada uno tiene una función distinta y confundirlos es el error más habitual:
| Documento | Para qué sirve | Quién lo emite | Cuándo lo necesitas |
|---|---|---|---|
| U1 (antes E301) | Certifica periodos de seguro, empleo o actividad por cuenta propia en un país para que otro los tenga en cuenta | El servicio de empleo o la Seguridad Social del país donde trabajaste | Vuelves a España (o te mudas) y pides el paro aquí con parte de tu carrera fuera |
| U2 (antes E303) | Autoriza a seguir cobrando el paro de un país mientras buscas empleo en otro, durante 3 meses (prorrogables hasta 6) | El país que te paga la prestación | Cobras paro en España y quieres buscar trabajo en Alemania, o al revés |
| U3 | Comunica circunstancias que pueden afectar a la prestación exportada con U2 | El país donde buscas empleo | Solo durante una exportación con U2 |
El U1 no da derecho a nada por sí mismo. Es una prueba de periodos, como lo sería un informe de vida laboral español, que la administración competente utiliza para comprobar si cumples el requisito de cotización mínima. Que se reconozca o no la prestación, y cuánto, depende de las reglas del país que la paga.
Qué país paga el paro: la regla del último empleo
La regla general del Reglamento 883/2004 es que la prestación por desempleo la paga el país donde has estado asegurado por última vez, es decir, el del último empleo. No puedes elegir: si tu último trabajo fue en Francia, es Francia quien tramita tu paro, y si quieres volver a España tendrás que pedir allí la prestación y exportarla con un U2 durante tres meses. Para que España sea competente, tu último periodo de seguro tiene que estar aquí, aunque sea breve.
El artículo 61 del Reglamento exige además que los periodos extranjeros se tengan en cuenta solo si has cotizado en el país que paga inmediatamente antes de quedarte en paro. En la práctica, para que el SEPE sume tus años en Alemania necesitas haber trabajado en España después de volver, aunque la normativa no fija una duración mínima para ese último periodo; un contrato corto es suficiente si está dado de alta y cotiza por desempleo. Hay dos excepciones a esta regla: los trabajadores fronterizos (ver más abajo) y quienes, durante su último empleo en otro país, mantuvieron la residencia en España y regresan a ella, que pueden optar por solicitar en el país de residencia.
Si vuelves de un país fuera de la UE sin convenio que cubra el desempleo, la figura aplicable no es el U1 sino el subsidio para emigrantes retornados, que tiene requisitos propios.
Cómo se suman los periodos y cómo se calcula la cuantía
Una vez que España es competente, el SEPE totaliza: suma los días cotizados en España y los que acredita el U1 para comprobar si alcanzas los 360 días en los últimos seis años que exige la prestación contributiva, y para determinar la duración según la escala del artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social (de 120 a 720 días). Los periodos ya utilizados para una prestación en otro país no se vuelven a contar.
La cuantía es otra cosa. El artículo 62 del Reglamento establece que el país competente calcula la base de la prestación exclusivamente con el salario o las bases de cotización percibidos en su territorio durante el último empleo. España aplica su regla general: la media de las bases de cotización de los últimos 180 días cotizados en España. Si tu último periodo español es más corto que 180 días, el SEPE utiliza los días disponibles. En la práctica, un salario alto en Alemania o Países Bajos no eleva tu prestación española; lo que la determina es lo que cotizaste aquí al volver.
Un ejemplo: trabajaste 4 años en Alemania (cotizando allí) y, al volver, 3 meses en España con una base de 1.800 €. Con el U1 alemán totalizas unos 1.550 días → 480 días de prestación (tramo 1.440-1.619). La cuantía se calcula sobre 1.800 €: el 70 % (1.260 €) los primeros 180 días y el 60 % (1.080 €) después, dentro de los topes por IPREM. Sin el U1, con solo 90 días españoles no tendrías derecho a prestación contributiva. La calculadora de prestación aplica la escala a tus cifras y la guía de la prestación contributiva recoge topes y requisitos.
Dónde y cómo pedir el U1 en los países más frecuentes
El U1 lo emite la institución que gestiona el desempleo en el país donde trabajaste. Conviene pedirlo antes de salir o justo después, cuando aún tienes a mano contratos, nóminas y número de afiliación; a distancia se puede, pero tarda más.
| País | Organismo que emite el U1 | Cómo se pide |
|---|---|---|
| Alemania | Bundesagentur für Arbeit | Formulario de solicitud del «PD U1» en la agencia local o por correo; se necesitan los certificados de trabajo (Arbeitsbescheinigung) de cada empleador |
| Francia | France Travail (antes Pôle emploi) | Solicitud en la agencia o desde el espacio personal; aportar attestations employeur |
| Reino Unido | HM Revenue & Customs (HMRC) | Solicitud en línea del «U1 statement» en gov.uk; aplica a periodos cubiertos por los acuerdos post-Brexit |
| Países Bajos | UWV | Solicitud en línea («verklaring U1») con DigiD o por formulario |
| Italia | INPS | Solicitud a través de la sede provincial o del patronato |
| Portugal | Segurança Social / IEFP | Solicitud en los servicios de Segurança Social |
| Irlanda | Department of Social Protection | Solicitud por escrito a la sección de registros internacionales |
| Suiza | Caja de desempleo (Arbeitslosenkasse) cantonal | En la caja del último cantón de trabajo |
Los nombres de los organismos y las vías de solicitud cambian con el tiempo; la referencia actualizada es la página de la Comisión Europea sobre desempleo en el extranjero, que enlaza a la institución competente de cada Estado. En todos los casos necesitarás tu número de identificación o afiliación en ese país y la relación de empleadores con fechas.
Si no tienes el U1
Desde 2019 las administraciones europeas intercambian esta información por vía electrónica (sistema EESSI), de modo que el SEPE puede solicitar los periodos directamente a la institución extranjera aunque no aportes el documento. No dejes de presentar la solicitud dentro de los 15 días hábiles por no tenerlo: indica en ella los países, empleadores y fechas, y el SEPE iniciará la petición. El expediente tardará más (semanas o meses, según el país) y la resolución puede llegar primero sin los periodos extranjeros y revisarse después, por lo que conviene aportar mientras tanto contratos y nóminas como prueba provisional.
Si el SEPE resuelve sin esperar la respuesta extranjera y te deniega la prestación por falta de cotización, presenta reclamación previa en 30 días indicando que los periodos están pendientes de totalizar; la resolución se revisa cuando llegan los datos.
Trabajadores fronterizos y Reino Unido
Fronterizos. Quien reside en un país y trabaja en otro, volviendo a su residencia al menos una vez por semana, solicita el paro en el país de residencia cuando queda en desempleo total, aunque nunca haya cotizado allí; ese país totaliza con el U1 del país de empleo y calcula la cuantía con los salarios allí percibidos (es la excepción a la regla general de cálculo). Es el caso de quienes viven en Andalucía y trabajan en Gibraltar, o en Extremadura y trabajan en Portugal. Si el regreso era menos frecuente que semanal, puedes elegir entre el país de empleo y el de residencia.
Reino Unido. Tras el Brexit se aplican dos marcos. Para quienes ya estaban en situación transfronteriza antes del 31 de diciembre de 2020, el Acuerdo de Retirada mantiene las reglas europeas completas. Para periodos posteriores, el Protocolo sobre coordinación de la Seguridad Social del Acuerdo de Comercio y Cooperación permite sumar periodos británicos para el paro, pero no exportar la prestación (no hay U2 con Reino Unido). HMRC sigue emitiendo el U1 para ambos supuestos. Si tu caso mezcla periodos anteriores y posteriores a 2021, conviene indicarlo expresamente en la solicitud.
Si tu último empleo fue en España con un contrato temporal, los plazos y documentos generales están en cómo pedir el paro al terminar un contrato; si eres extranjero con NIE, la guía SEPE para extranjeros cubre la inscripción y la autorización de trabajo.
Pasos para solicitar el paro en España con periodos extranjeros
1. Confirma que España es competente: tu último empleo asegurado debe estar aquí (salvo fronterizos y residentes que regresan).
2. Pide el U1 en cada país donde trabajaste, idealmente antes de salir. Guarda contratos y nóminas por si tarda.
3. Inscríbete como demandante en el servicio autonómico de empleo.
4. Presenta la solicitud al SEPE en 15 días hábiles desde el fin del último contrato español, con el U1 si lo tienes o declarando los periodos extranjeros si no. Puedes hacerlo con cita previa o por la sede electrónica.
5. Revisa la resolución: comprueba que los periodos totalizados coinciden con tu carrera y que la base reguladora corresponde a tus cotizaciones españolas.
6. Si vas a buscar empleo fuera cobrando el paro español, pide el U2 antes de salir; las reglas de salida sin U2 están en viajar al extranjero cobrando el paro.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir el paro en España nada más volver, sin trabajar aquí?
Como regla general no: el país competente es el del último empleo, y tendrías que pedirlo allí y exportarlo con U2. La excepción es haber mantenido la residencia en España durante el empleo en el extranjero, lo que permite optar por solicitar aquí.
¿Cuentan los años trabajados fuera para la cuantía?
Cuentan para el requisito de cotización mínima y para la duración, pero no para la cuantía, que España calcula con las bases cotizadas en España.
¿El U1 caduca?
No tiene fecha de caducidad: certifica periodos pasados. Si trabajaste de nuevo en ese país después de emitirse, necesitarás uno actualizado.
¿Sirve el U1 para Noruega, Islandia, Liechtenstein y Suiza?
Sí. Los tres países del EEE y Suiza aplican el Reglamento 883/2004 mediante sus acuerdos con la UE.
¿Y si trabajé en un país sin convenio (Estados Unidos, Argentina, Marruecos…)?
El U1 no existe fuera del ámbito europeo. Los convenios bilaterales de España no suelen cubrir el desempleo, así que esos periodos no se totalizan. La vía es el subsidio para emigrantes retornados si cumples sus requisitos.
Fuentes: Reglamento (CE) 883/2004 (arts. 61, 62 y 65) y Reglamento (CE) 987/2009; Acuerdo de Retirada y Protocolo sobre coordinación de la Seguridad Social del Acuerdo de Comercio y Cooperación UE-Reino Unido; Comisión Europea, Your Europe; SEPE, «Prestaciones y trabajo en el extranjero». Última revisión: 5 de octubre de 2026.
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