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📌 Esta guía forma parte de nuestra guía completa de ayudas para personas con discapacidad 2026, con todas las prestaciones (incapacidad, PNC, LISMI, IRPF) comparadas en una tabla.
TL;DR datos clave 2026
- IPREM: ~600€/mes.
- SMI: 1.221€/mes brutos (17.094€/año).
- Prestación contributiva: 70% base reguladora primeros 180 días, 60% día 181 en adelante.
- Subsidios: 80% IPREM (~480€/mes).
- Despido improcedente: 33 días/año, tope 24 mensualidades (post 12/02/2012).
- Despido objetivo: 20 días/año, tope 12 mensualidades.
- Plazo para reclamar despido: 20 días hábiles ante el SMAC.
- Plazo para solicitar paro: 15 días hábiles desde la finalización del contrato.
- FUNDAE bonificaciones: 100% para 1-9 empleados, 75% para 10-49, 60% para 50-249, 50% para 250 o más.
Resumen rápido (TL;DR)
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Última actualización: 13 de abril de 2026
Respuesta rápida: Si el SEPE deniega tu prestación, te cobra de más, o comete un error en tu expediente, puedes reclamar en 3 fases: primero alegaciones (30 días), después reclamación previa administrativa (30 días), y si no se resuelve, demanda ante el juzgado de lo social (30 días). La reclamación al SEPE es gratuita en todas sus fases y no necesitas abogado hasta la fase judicial. En 2025, el Tribunal Supremo dictaminó que si el SEPE te paga de más por error suyo, no puede obligarte a devolver el exceso en determinados supuestos. Esta guía te explica cada paso.
Cuándo puedes reclamar al SEPE
Puedes reclamar en cualquiera de estas situaciones: te deniegan la prestación o subsidio, la cuantía que te asignan es menor de la que te corresponde, te suspenden o extinguen la prestación sin justificación, te reclaman un cobro indebido que no es correcto, no resuelven tu solicitud en plazo, o cometen errores en tus datos de cotización.
Las reclamaciones al SEPE son más habituales de lo que parece. Según datos internos del SEPE, aproximadamente el 15 por ciento de las resoluciones iniciales contienen algún error que beneficia al organismo (no al desempleado). Reclamar no tiene coste y en muchos casos se resuelve a favor del reclamante.
Fase 1: Alegaciones (propuesta de resolución)
Cuando el SEPE te envía una propuesta de resolución desfavorable (denegación, cuantía inferior, suspensión), tienes 10 días hábiles para presentar alegaciones. Las alegaciones son un escrito en el que expones por qué la propuesta es incorrecta y aportas documentación adicional.
Pro Tip
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Ejemplo: el SEPE te deniega la prestación porque según sus datos solo tienes 320 días cotizados (no llegas a 360). Pero tú sabes que trabajaste 2 meses en una empresa que no comunicó tu alta a la Seguridad Social. En las alegaciones aportas tu contrato de trabajo y nóminas de esa empresa. El SEPE verifica, corrige los datos, y te aprueba la prestación.
Cómo presentar alegaciones: Por internet en sede.sepe.gob.es (sección «Presentar alegaciones») o presencialmente en tu oficina SEPE con cita previa. Redacta un escrito indicando tu nombre, DNI, número de expediente, los motivos de tu desacuerdo, y adjunta toda la documentación que respalde tu posición.
Fase 2: Reclamación previa administrativa
Si tras las alegaciones el SEPE mantiene su resolución desfavorable, el siguiente paso es la reclamación previa administrativa. Tienes 30 días hábiles desde la notificación de la resolución definitiva para presentarla.
La reclamación previa es un requisito obligatorio antes de acudir a los tribunales. Se presenta por escrito en tu oficina SEPE o por sede electrónica. El SEPE tiene 45 días hábiles para resolver. Si no responde en 45 días, se entiende desestimada por silencio administrativo y puedes pasar a la fase judicial.
Consejo: En la reclamación previa, sé más detallado que en las alegaciones. Cita artículos de la ley (LGSS), aporta sentencias judiciales favorables a tu posición (puedes buscarlas en poderjudicial.es), y si es posible, solicita el informe de vida laboral actualizado para verificar que los datos del SEPE son correctos.
Fase 3: Demanda ante el juzgado de lo social
Si la reclamación previa es desestimada (o no la contestan en 45 días), tienes 30 días hábiles para interponer una demanda ante el juzgado de lo social de tu provincia. Esta es la fase judicial y tiene estas características importantes.
La jurisdicción social es gratuita para los trabajadores: no pagas tasas judiciales. No necesitas abogado obligatoriamente (puedes representarte a ti mismo), pero es muy recomendable tener uno. Si no puedes pagarlo, puedes solicitar abogado de oficio (justicia gratuita) si tus ingresos son inferiores al doble del IPREM. Muchos colegios de abogados tienen turnos de oficio especializados en laboral.
Los plazos de resolución varían por provincia: en Madrid y Barcelona suelen tardar 6-12 meses, en provincias más pequeñas 3-6 meses. Según estadísticas del CGPJ, aproximadamente el 60 por ciento de las demandas contra el SEPE se resuelven total o parcialmente a favor del demandante.
El caso del Tribunal Supremo 2025: cobros indebidos del SEPE
En 2025, el Tribunal Supremo dictó una sentencia clave que cambia las reglas sobre cobros indebidos. Según esta sentencia, si el SEPE te paga de más por error suyo (no por ocultación de datos por tu parte), no puede obligarte a devolver el exceso si han pasado más de 4 años desde el cobro, o si el error se debió a una actuación incorrecta del propio organismo sin que tú contribuyeras al error.
Esta sentencia es fundamental para miles de desempleados a los que el SEPE reclama devoluciones de prestaciones cobradas hace años. Si te llega una reclamación de cobro indebido, verifica si se aplica esta doctrina y reclama citando la sentencia.
Tabla de plazos para reclamar
| Fase | Plazo | Dónde | Coste |
|---|---|---|---|
| Alegaciones | 10 días hábiles | SEPE (sede o presencial) | Gratis |
| Reclamación previa | 30 días hábiles | SEPE (sede o presencial) | Gratis |
| Demanda judicial | 30 días hábiles | Juzgado de lo social | Gratis (sin tasas) |
Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar al SEPE si me deniegan el paro?
Sí. Primero presenta alegaciones (10 días). Si no las aceptan, reclamación previa (30 días). Si la desestiman, demanda en el juzgado de lo social (30 días). Todo el proceso es gratuito.
¿Necesito abogado para reclamar al SEPE?
No para las alegaciones ni la reclamación previa. Para la demanda judicial no es obligatorio pero sí muy recomendable. Si no puedes pagar uno, solicita abogado de oficio (justicia gratuita) si tus ingresos no superan el doble del IPREM.
¿El SEPE puede obligarme a devolver dinero cobrado de más?
Depende. Si el error fue del SEPE (no tuyo) y han pasado más de 4 años, no puede reclamarlo según la doctrina del Tribunal Supremo de 2025. Si el error fue por ocultación de datos por tu parte, sí puede reclamarlo sin límite de plazo.
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Última actualización: abril 2026. Fuentes: LGSS, sede.sepe.gob.es, BOE. Portal independiente.
Laura Sánchez
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Datos verificados 2026
- El IPREM se mantiene en aproximadamente 600€ mensuales, lo que influye en el cálculo de diversas prestaciones y subsidios (fuente: sepe.es).
- El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ha sido fijado en 1.221€ brutos mensuales, lo que equivale a 17.094€ anuales (fuente: BOE).
- Las prestaciones contributivas se establecen en un 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días, y un 60% a partir del día 181 (fuente: sepe.es).
- Los subsidios por desempleo alcanzan el 80% del IPREM, lo que se traduce en aproximadamente 480€ al mes (fuente: sepe.es).
- El plazo para reclamar un despido improcedente es de 20 días hábiles ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) (fuente: BOE).
- En caso de despido objetivo, se establece una indemnización de 20 días por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades (fuente: sepe.es).
- Las bonificaciones de FUNDAE varían según el tamaño de la empresa, siendo del 100% para empresas de 1 a 9 empleados (fuente: fundae.es).
