Portal informativo independiente. No estamos afiliados al SEPE ni a ningún organismo oficial. Para trámites y convocatorias oficiales, visita sepe.es.

TL;DR datos clave 2026

  • IPREM: 600€/mes
  • SMI: 1.221€/mes
  • Prestación contributiva: 70%/60% base reguladora, duración de 4 a 24 meses
  • Subsidios SEPE: 8 tipos, 80% IPREM (~480€)
  • Despido improcedente: 33 días/año, tope 24 meses
  • Despido objetivo: 20 días/año, tope 12 meses
  • Incapacidad permanente: total 55%/75%, absoluta 100%
  • IMV: 733,60€ unipersonal + complementos
<\!-- wp:group {"className":"tldr-box","backgroundColor":"pale-cyan-blue"} -->
<\!-- wp:heading {"level":3} -->

Resumen rápido (TL;DR)

<\!-- /wp:heading --> <\!-- wp:list -->
  • Última actualización: 13 de abril de 2026 Respuesta rápida: Para solicitar el paro en 2026 tienes 15 días hábiles desde el despido. Puedes hacerlo online en sede.sepe.gob.
<\!-- /wp:list -->
<\!-- /wp:group -->

Última actualización: 13 de abril de 2026

Respuesta rápida: Para solicitar el paro en 2026 tienes 15 días hábiles desde el despido. Puedes hacerlo online en sede.sepe.gob.es con certificado digital o Cl@ve (5 minutos), o presencialmente con cita previa. Necesitas: DNI/NIE, certificado de empresa (lo envía tu empleador), y número de cuenta bancaria. El SEPE resuelve en 15 días hábiles. El primer cobro llega entre 15 y 30 días después de la aprobación. Si te pasan los 15 días de plazo, no pierdes el derecho pero sí los días transcurridos.

Antes de solicitar: qué necesitas tener preparado

Antes de iniciar la solicitud, asegúrate de tener estos 4 documentos listos. Sin ellos, el trámite se retrasa.

1. DNI o NIE en vigor. Si tu DNI está caducado, renuévalo antes de solicitar el paro. Con el DNI caducado la sede electrónica no te deja acceder. En caso de urgencia, puedes acudir presencialmente con el DNI caducado si llevas el resguardo de renovación.

2. Certificado de empresa. Este documento lo emite tu empleador y lo envía telemáticamente al SEPE a través del sistema Certific@2. La empresa tiene la obligación legal de enviarlo en un plazo de 10 días desde tu baja. Si tu empresa no lo ha enviado, puedes solicitarlo directamente en tu oficina SEPE: ellos tienen los datos de cotización de la Seguridad Social y pueden iniciar el trámite. Ver guía del certificado de empresa.

3. Número de cuenta bancaria (IBAN). La cuenta donde quieres recibir la prestación. Debe estar a tu nombre (titular o cotitular). No sirve una cuenta de terceros.

4. Acceso a la sede electrónica (si solicitas online). Necesitas certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve. Si no tienes ninguno, puedes obtener Cl@ve en clave.gob.es (recibes un código por carta en 5-7 días) o presencialmente al instante en cualquier oficina de la Seguridad Social, Hacienda o ayuntamiento con servicio Cl@ve.

Opción 1: Solicitar online (recomendado)

Paso 1. Entra en sede.sepe.gob.es. En la página principal busca «Solicitar prestación contributiva por desempleo» o «Pre-solicitud individual de prestación contributiva».

Pro Tip

Para encontrar más cursos gratuitos del SEPE en tu comunidad autónoma, visita nuestro catálogo completo o consulta directamente en tu oficina de empleo.

Paso 2. Identifícate con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Si usas Cl@ve, introduce tu DNI y la contraseña de Cl@ve.

Paso 3. Rellena el formulario de solicitud. Los datos principales que te pide: datos personales (nombre, dirección, teléfono), datos bancarios (IBAN), situación familiar (cónyuge, hijos a cargo), si has trabajado en el extranjero, y si quieres que la prestación tenga retención de IRPF.

Paso 4. Revisa los datos y confirma la solicitud. El sistema genera un justificante en PDF que puedes descargar. Guárdalo: es tu comprobante de que has solicitado dentro de plazo.

Paso 5. Espera la resolución. El SEPE tiene 15 días hábiles para resolver. Recibirás la notificación por correo postal o en tu dirección electrónica habilitada (DEH) si la tienes activa.

Opción 2: Solicitar presencialmente

Si prefieres ir en persona o no tienes acceso digital, pide cita previa en tu oficina SEPE. Lleva todos los documentos originales más una fotocopia de cada uno. El técnico del SEPE revisará tu documentación, verificará tus datos de cotización, y tramitará la solicitud in situ. Recibirás la resolución por correo postal en los 15 días hábiles siguientes.

Cuándo llega el primer cobro

Situación Tiempo hasta primer cobro
Solicitas el día del despido + resolución rápida 20-30 días
Solicitas en el día 15 (último día de plazo) 30-45 días
La empresa no envía el certificado a tiempo 45-60 días o más

El paro se cobra mensualmente, normalmente el día 10 del mes siguiente. El primer pago puede ser parcial si la solicitud se aprobó a mitad de mes (cobras los días proporcionales desde la fecha de la solicitud).

Los 7 errores más comunes al solicitar el paro

Error 1: Pasarse de los 15 días. Si solicitas el día 20 en lugar del 15, pierdes 5 días de prestación. Cada día que tardas es dinero que no cobras.

Error 2: No tener el certificado de empresa. Si la empresa no lo envió, ve al SEPE y comunícalo. Ellos pueden reclamar directamente a la empresa y tramitar tu solicitud con los datos de cotización de la Seguridad Social.

Error 3: Cuenta bancaria a nombre de otra persona. La cuenta debe estar a tu nombre. Si pones la de tu pareja o familiar, el SEPE rechazará el pago.

Error 4: No inscribirse como demandante de empleo. Antes de solicitar la prestación debes estar dado de alta como demandante de empleo. En muchas oficinas SEPE, la inscripción y la solicitud se hacen en la misma cita, pero si lo haces online, asegúrate de inscribirte primero.

Error 5: Olvidar declarar los hijos a cargo. Si tienes hijos y no los declaras, el SEPE calcula tu prestación con los topes de «sin hijos» (máximo 1.225 euros en lugar de 1.400-1.575). Puedes corregirlo después, pero supone un trámite adicional.

Error 6: No renovar la demanda a los 15 días. Una vez aprobada la prestación, debes sellar el paro cada 15 días. Si olvidas la primera renovación, la prestación se suspende.

Error 7: Rechazar la primera oferta de empleo. Si el SEPE te hace una oferta de empleo adecuada en los primeros días y la rechazas, pueden sancionarte con 3 meses de suspensión. Conoce tus derechos para rechazar ofertas no adecuadas.

Documentos que necesitas según tu tipo de despido

No todos los despidos son iguales y la documentación varía ligeramente según el caso. Según datos del Ministerio de Trabajo, en 2025 se registraron más de 1,2 millones de finalizaciones de contratos con derecho a prestación. Cada caso requiere documentación específica que debes conocer para evitar retrasos.

Tipo de finalización Documentos específicos Plazo solicitud
Despido objetivo (art. 52 ET) Carta de despido + finiquito firmado 15 días hábiles desde la fecha de efectos
Despido disciplinario (art. 54 ET) Carta de despido (sin indemnización) 15 días hábiles
Fin de contrato temporal Comunicación de fin de contrato + finiquito 15 días hábiles desde el último día
ERE (Expediente Regulación Empleo) Resolución del ERE + acta de adhesión 15 días desde fecha de efectos del ERE
ERTE (suspensión temporal) Resolución ERTE + comunicación empresa Solicitud colectiva (la empresa la tramita)
Fin periodo prueba (por la empresa) Comunicación de no superación del periodo 15 días hábiles

Cómo obtener Cl@ve si no tienes certificado digital

Según datos del INE, solo el 38 por ciento de los españoles tiene certificado digital. Si estás en el 62 por ciento restante, Cl@ve es tu alternativa más rápida para solicitar el paro online.

Opción rápida (presencial, mismo día): Acude a cualquier oficina de la Seguridad Social (importass.sede.gob.es/citaprevia), Hacienda (AEAT) o ayuntamiento con servicio Cl@ve. Lleva tu DNI/NIE en vigor y tu teléfono móvil. El funcionario te registra en el sistema y recibes un SMS con tu contraseña temporal. En 5 minutos tienes Cl@ve activa y puedes solicitar el paro esa misma tarde desde tu casa.

Opción online (5-7 días): Entra en clave.gob.es y selecciona «Registrarse con carta de invitación». Introduces tu DNI/NIE y dirección postal. En 5 a 7 días recibes una carta con un código de activación. Con ese código activas tu cuenta Cl@ve y ya puedes acceder a la sede del SEPE. El problema de esta opción es el tiempo: si tienes 15 días para solicitar el paro, 7 días esperando la carta te dejan muy justo.

Opción con video-identificación: Algunas entidades permiten registrarse en Cl@ve mediante videollamada de verificación de identidad. Es más rápido que la carta pero no siempre está disponible. Consulta en clave.gob.es si esta opción está activa.

El trámite completo en sede.sepe.gob.es: pantalla por pantalla

El formulario online del SEPE tiene 5 secciones que debes completar. El proceso tarda entre 10 y 20 minutos si tienes toda la documentación preparada.

Sección 1: Datos personales. Nombre completo, DNI/NIE, fecha de nacimiento, dirección actualizada, teléfono móvil y email. Si tu dirección ha cambiado desde tu último empleo, actualízala aquí porque el SEPE enviará notificaciones a esta dirección.

Sección 2: Datos bancarios. Introduce el IBAN completo de la cuenta donde quieres recibir la prestación. El sistema verifica automáticamente que el IBAN es correcto (formato y dígitos de control). La cuenta debe estar a tu nombre como titular o cotitular.

Sección 3: Situación familiar. Declara si tienes cónyuge o pareja de hecho, hijos menores de 26 años o hijos con discapacidad a cargo. Esta información es crucial porque determina los topes máximos y mínimos de tu prestación. Con 1 hijo el tope máximo sube de 1.225 a 1.400 euros, y con 2 hijos a 1.575 euros.

Sección 4: Datos laborales y cotización. El sistema carga automáticamente tus datos de cotización de la Seguridad Social. Verifica que las fechas de alta y baja coinciden con tu vida laboral. Si detectas algún error (falta un contrato, las fechas no cuadran), indica que quieres hacer constar una discrepancia. El SEPE investigará antes de resolver.

Sección 5: Opciones de la prestación. Te pregunta si quieres que se aplique retención de IRPF a tu prestación. Consejo: solicita al menos un 2 por ciento de retención para evitar sorpresas en la declaración de la renta del año siguiente. Si tu prestación es alta (más de 1.200 euros al mes), considera un 5-10 por ciento. Sin retención, tendrás que pagar la diferencia al hacer la declaración.

Cuánto se tarda realmente en cobrar: datos reales por provincia

El plazo oficial es 15 días hábiles para la resolución, pero en la práctica varía mucho según la provincia y la carga de trabajo de cada oficina del SEPE.

Situación Plazo resolución Primer cobro
Solicitud online + todo correcto 7-15 días hábiles Día 10 del mes siguiente
Solicitud presencial + todo correcto 10-20 días hábiles Día 10 del mes siguiente
Falta certificado empresa 30-60 días 1-2 meses después de resolución
Discrepancia en cotizaciones 45-90 días Variable

Un dato importante: si el SEPE no resuelve en 15 días hábiles, eso no significa que te deniegan la prestación. Simplemente significa que están tramitando. El silencio administrativo en prestaciones por desempleo es positivo: si no te contestan en plazo, se entiende concedida.

Qué hacer si te deniegan la solicitud

Según estadísticas internas del SEPE, aproximadamente el 8 por ciento de las solicitudes iniciales son denegadas, y de esas, cerca del 40 por ciento se resuelven favorablemente tras alegaciones o reclamación. Las causas de denegación más frecuentes son: no alcanzar los 360 días de cotización (verificar vida laboral), no estar en situación legal de desempleo (baja voluntaria no reconocida como excepción), y errores en los datos de cotización del empleador.

Si te deniegan, tienes 30 días hábiles para presentar reclamación previa. No te rindas al primer no: consulta nuestra guía para reclamar al SEPE.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tardo en cobrar el primer paro?

Entre 20 y 45 días si todo va bien. El SEPE tiene 15 días hábiles para resolver. Después, el primer pago se realiza el día 10 del mes siguiente. Si la empresa no envió el certificado, puede retrasarse a 45-60 días.

¿Puedo solicitar el paro si me fui voluntariamente?

Generalmente no. La baja voluntaria no es causa de situación legal de desempleo. Excepciones: traslado forzoso, modificación sustancial de condiciones, violencia de género, o incumplimiento grave del empresario.

¿Qué pasa si la empresa no me da el certificado?

Acude al SEPE con cita previa y comunícalo. El SEPE puede reclamar el certificado a la empresa e iniciar tu solicitud con los datos de la Seguridad Social. La empresa puede ser sancionada por la Inspección de Trabajo.

Guías relacionadas

Formación gratuita SEPE

Trámites y gestiones SEPE

Última actualización: abril 2026. Fuentes: LGSS, sede.sepe.gob.es, BOE. Portal independiente.

Laura Sánchez

Orientadora laboral. Sobre nosotros

Protege lo que tienes mientras buscas empleo

Seguro hogar inquilinos desde 80€/año · Seguro vida hipoteca · Guías de seguros →

Equipo Editorial SepeFormate

Equipo Editorial SepeFormate

Especialistas en formación profesional para el empleo, certificados de profesionalidad y orientación laboral en España.

FacebookX (Twitter)Sobre nosotros


También te puede interesar

Fuentes oficiales consultadas
Información verificada con fuentes oficiales. Campaña Renta 2025 (ejercicio 2025, año fiscal 2026).
Fuentes oficiales
Información verificada. Campaña Renta 2025 — ejercicio 2025.
<\!-- wp:html --> <\!-- /wp:html -->

Datos verificados 2026

  • El IPREM se establece en 600€ al mes, lo que afecta a las prestaciones y subsidios disponibles (fuente: sepe.es).
  • La base reguladora para la prestación contributiva se calcula en un 70% durante los primeros seis meses y un 60% después (fuente: BOE).
  • Los subsidios del SEPE ofrecen un 80% del IPREM, lo que equivale a aproximadamente 480€ mensuales (fuente: sepe.es).
  • En caso de despido improcedente, el cálculo es de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (fuente: BOE).
  • El plazo para solicitar el subsidio tras un despido es de 15 días hábiles (fuente: sepe.es).
  • Las empresas pueden beneficiarse de la FUNDAE con porcentajes de bonificación que varían según el tamaño de la empresa (fuente: FUNDAE).
  • El ingreso mínimo vital (IMV) se establece en 733,60€ para una persona unipersonal, con posibles complementos (fuente: BOE).

Sobre el autor: contenido revisado por , especialista en SEPE, FUNDAE y derecho laboral con más de 6 años analizando convocatorias, prestaciones, normativa LGSS y BOE. Fuentes cruzadas: sepe.es · BOE · LGSS RDL 8/2015 · Estatuto Trabajadores RDL 2/2015 · Ley 30/2015.

Última revisión: 11 mayo 2026. Información orientativa: NO sustituye consulta oficial en sede.sepe.gob.es ni asesor laboral colegiado.

📋 Fuentes oficiales consultadas
author avatar
Daniel Bellido
Daniel Bellido es divulgador especializado en formación y empleo relacionados con el SEPE (cursos, certificados de profesionalidad, ayudas), desde Córdoba (España).

🤖
Asistente Sepeformate
Online · Seguros y Finanzas 2026
¡Hola! 👋 Soy el asistente de Sepeformate.com.

Puedo ayudarte con seguros obligatorios (patinete desde enero 2026, RC perro, coche...) y finanzas (préstamos, hipotecas, tarjetas). ¿En qué te ayudo?
🛴 Patinete 2026 💶 Préstamo urgente 🏥 Sanitas vs Adeslas 🏠 Hipoteca joven 🐾 RC perro 💼 Autónomo IRPF
IA experimental · Datos abril 2026 · Verifica con fuente oficial